Desokupación en Cataluña: ¿cómo solicitar un desahucio?

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De acuerdo con datos suministrados por el Ministerio de Interior a principios de 2022, Cataluña es la comunidad autónoma que registra más casos de okupaciones. De hecho, esta región concentra el 45% de todas las ocupaciones ilegales en España. La provincia de Barcelona es la más afectada, con el 74% de los casos producidos en territorio catalán.

Cifras como las anteriores reflejan cuán agravado está el problema de la ocupación ilegal en Cataluña y España. ¿Cuál es el procedimiento a seguir para solicitar un desahucio contra okupas? En esta entrada enumeramos los pasos que hay que dar para dar inicio al desalojo definitivo de okupantes por la vía del derecho.  

¿Cómo solicitar un desahucio en Cataluña? 

En vista de que la ocupación ilegal es un problema tan extendido, en los últimos años se han adoptado medidas específicas para atacarlo. Por ejemplo, en 2018 se modificó la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) a fin de agilizar el proceso de desalojo en caso de okupación. Dicha modificación es conocida como Ley Anti Okupas o Ley de Desahucio Express. 

Una de las principales ventajas del desahucio express es que hace posible que el propietario recupere su vivienda okupada mucho más rápido. Este procedimiento aplica únicamente en los casos de ocupación ilegal. Por lo tanto, no se puede recurrir a él cuando se trata de inquilinos o de quienes entraron en el inmueble con autorización del propietario. 

¿Cuál es el procedimiento para solicitar un desahucio contra okupas? Básicamente, todo comienza cuando se interpone la demanda ante un tribunal de justicia. Una vez que la demanda es admitida, se realiza la notificación de la misma en la vivienda ocupada. Dependiendo del rumbo que tome el caso, el Juez emitirá un auto de lanzamiento o desalojo. Ahondemos un poco. 

Paso 1: Interponer la demanda 

Cuando el propietario de una vivienda, ya sea una persona física o una entidad jurídica, se percata de que hay okupas en su propiedad, debe interponer una demanda ante un tribunal de justicia. De acuerdo con el Artículo 250.1 de la LEC, ‘podrá pedir la inmediata recuperación de la plena posesión de la vivienda, siempre que se haya visto privado de ella sin su consentimiento’.

Por su parte, el gobierno catalán quiere impulsar una modificación legislativa para que los ayuntamientos y vecinos también puedan denunciar para desalojar un piso okupado. Hay que recordar que los principales afectados por esta problemática son los grandes tenedores de pisos vacíos. Por lo general, son los vecinos, y no el propietario legítimo, quienes primero notan la ocupación ilegal en dichos inmuebles.

  • Teniendo autorización para demandar, las comunidades de vecinos podrán actuar rápidamente contra las okupaciones que generan conflictos en la convivencia.
  • Así, no será necesario esperar a que el propietario del inmueble sea quien presente la demanda contra los okupas. 
  • Por supuesto, tendrán que advertir a los dueños de los inmuebles, quienes contarán con un mes para responder a la petición. 

En cuanto a la demanda, está debe interponerse utilizando la expresión “contra los desconocidos ocupantes”, cuando el demandante ignore la identidad de los okupas. Además, debe ir firmada por abogado y procurador y acompañada por el título de propiedad del inmueble. También es importante que el abogado solicite expresamente la inmediata entrega de la posesión de la vivienda y que se fije la fecha para el desalojo. 

Paso 2: Notificar la demanda 

Una vez que la demanda es puesta en los juzgados, hay que esperar para que se admita a trámite y se fije una fecha para notificar a los okupas. Aunque debería ser un procedimiento rápido, lo cierto es que todo dependerá de la situación de los juzgados. Al respecto, cabe señalar que actualmente los juzgados catalanes tienen más de siete mil denuncias abiertas por ocupación. 

En el mejor de los casos, se les notificará a los okupas de la demanda lo más pronto posible. Además, se les debe informar que tienen derecho a recibir ayuda de los servicios sociales el día del desalojo. Ahora bien, ¿qué ocurre si no hay nadie en el inmueble el día de la notificación? 

Si no hay nadie en la vivienda que reciba la notificación de demanda, está se colgará en el tablón de anuncios del juzgado durante cinco días. Ese será el tiempo disponible para que el okupa demuestre que tiene derecho a habitar el inmueble. Para ello, tendrá que presentar un contrato de arrendamiento u otro título que justifique la ocupación. 

  • Si el okupa presenta un título que el juez considere válido, no se ordena el desahucio inmediato, sino que se va a juicio. Esto alargaría el procedimiento considerablemente. 
  • En caso de que el okupa no haga durante los cinco días, el juez ordena que se realice el lanzamiento o desalojo en la fecha fijada por el juzgado.
  • No es posible recurrir ante el ‘auto’ del juez en el que se ordena el desalojo. 

Paso 3: El lanzamiento o desalojo 

El último paso en el proceso de desokupación es el lanzamiento o desalojo de los ocupantes ilegales del inmueble. En la fecha fijada por el juzgado, dos miembros del juzgado, el procurador y el cliente (si así lo desea) se presentan en el inmueble para proceder con el desahucio. Acto seguido, se le otorga la posesión del inmueble a su legítimo dueño. 

A diferencia de otros procedimientos de desahucios, en los que hay que esperar 20 días hábiles para realizar el lanzamiento, los desahucios express se ejecutan casi de inmediato. De acuerdo con el artículo 441 de la LEC, el desalojo se practicará sobre cualquier persona que se encuentre en el inmueble el día pautado para ello. 

Solicitar un desahucio contra okupas: ¿cuánto cuesta? 

Evidentemente, solicitar un desahucio contra okupas tiene su precio: no solo consume tiempo y esfuerzo, sino que también supone un coste monetario. En cuanto a los plazos de tramitación, la Generalitat afirma que el procedimiento completo tiene una duración estándar de ocho meses. La admisión a trámite de la demanda es lo que suele demorar más tiempo. 

Por otro lado, el precio de un proceso de desahucio puede variar mucho de una región a otra, puesto que cada abogado fija sus honorarios. El coste medio de sus servicios ronda los 500 euros, mientras que el de un procurador puede llegar a los 200 euros. Cuando la situación lo amerite, también será necesario contratar los servicios de un cerrajero (100 euros en promedio). 

Por supuesto, hay quienes prefieren contratar a una empresa antiokupas para llevar a cabo el desalojo sin tener que pasar por los juzgados. Aunque puede ser una solución más ágil, en ocasiones se gestiona al margen de la ley. En consecuencia, puede terminar generando aún más problemas para el propietario del inmueble okupado. 

En definitiva, la mejor forma de proceder ante la ocupación ilegal de una vivienda es interponer una demanda en los juzgados. Tras ser admitida, la demanda se notificará a los okupas y, si estos no hacen nada, el Juez ordenará que se realice el lanzamiento. Hasta el momento, se trata de la única vía segura para que cualquier propietario recupere la posesión de su inmueble. 

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