¿Cómo facturar entre España y Andorra?

facturar entre España y Andorra

El Principado de Andorra es un micro-Estado soberano ubicado entre España y Francia, con el que ambos países mantienen fuertes relaciones comerciales. Por lo tanto, es habitual que empresas y autónomos españoles envíen facturas a clientes o reciban facturas de proveedores ubicados en territorio andorrano. ¿Cómo funciona la facturación entre España y Andorra? 

Desde que se firmó el Convenio de Doble Imposición (CDI) entre España y Andorra en 2015, la facturación se simplificó considerablemente. Las facturas emitidas desde España a Andorra deben ir sin impuesto aplicado (IVA español). Lo mismo ocurre con las facturas provenientes de Andorra hacia España (IGI andorrano). Otro impuesto que debe tomarse en cuenta es el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), así como el documento de importación (DUA). 

La facturación entre España y Andorra

Para saber cómo funciona la facturación entre España y Andorra es necesario conocer las leyes que regulan las relaciones comerciales entre ambos países. En primer lugar, hay que recordar que Andorra es un país no comunitario debido a que no forma parte de la Unión Europea. Esto significa que las facturas emitidas a Andorra desde España quedan exentas de IVA.

Asimismo, desde que entró en vigor el Convenio de Doble Imposición (CDI) entre España y Andorra, la facturación entre estos países se ha simplificado mucho. Gracias a acuerdos de este tipo, se evita la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta entre los estados contratantes. Todo ello facilita los trámites comerciales y favorece el impulso fiscal internacional. 

Impuestos a incluir en una factura a Andorra

Antes de explicar cómo facturar entre España y Andorra, conviene conocer cuáles son los impuestos involucrados en este tipo de transacciones. Del lado de España tenemos el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

  • El IVA es un impuesto indirecto que grava la entrega de bienes y la realización de servicios por parte de entidades jurídicas a los consumidores finales. 
  • Dependiendo del tipo de producto o servicio, el IVA a aplicar puede ser 4% (superreducido), 10% (reducido) y 21% (general). 

Por su parte, Andorra aplica un impuesto similar al IVA español, denominado Impuesto General Indirecto (IGI)

  • Este tributo también grava la venta de bienes y la prestación de servicios que llevan a cabo los profesionales y empresarios andorranos. 
  • A diferencia de España, el IGI andorrano tiene un porcentaje mucho más bajo que puede ser de 0% (superreducido), 1% (reducido), 2,5 % (especial) y 4,5% (general). 

Por otro lado, tanto en España como en Andorra se aplica el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR). Este impuesto grava los rendimientos obtenidos por extranjeros que trabajen o tengan negocios en cualquiera de los dos países. Cada país tiene leyes específicas para determinar qué contribuyentes deben retener el IRNR en sus facturas y cómo hacerlo. 

¿Cómo facturar desde España a Andorra? 

¿Qué impuestos deben incluirse en una factura emitida en España a un cliente ubicado en Andorra? La venta de bienes y mercancías desde España a Andorra se considera una exportación. Por lo tanto, la factura no debe incluir el IVA español (21%), y el cliente andorrano solo pagará el IGI (4,5%) y los impuestos de importación reflejados en el Documento Único Administrativo (DUA). 

¿Qué ocurre con las empresas o autónomos españoles que realizan un servicio a un cliente andorrano? En estos casos, la factura tampoco llevará el IVA español, ya que el servicio se considera prestado en territorio andorrano. Además, gracias a los acuerdos de doble imposición, no será necesario aplicar la retención del IRNR.

Pongamos por caso a un autónomo español que quiere trabajar para una empresa andorrana. Puesto que Andorra se considera un país tercero no miembro de la UE, el autónomo no tendrá que darse de alta en operaciones intracomunitarias. Asimismo, seguirá siendo contribuyente del Impuesto sobre la Renta en España, y su factura no llevará retención ni IVA. 

¿Cómo se factura desde Andorra a España? 

Ahora veamos el caso contrario, es decir, cuando una empresa andorrana realiza la venta de bienes o servicios a un cliente español. Al igual que ocurre con la facturación desde España, la empresa o autónomo del Principado no aplicará el IGI ni ninguna otra retención en sus facturas

Así, el cliente ubicado en España tendrá que pagar el IVA general (21%) tal como si comprara el bien o servicio a una empresa o autónomo español. Eso sí, el proveedor andorrano deberá declarar la importación en la aduana haciendo constar el tipo de impuesto aplicable en el país de destino, como el IVA español. 

Hoy en día, es común que profesionales autónomos realicen servicios desde un país a otro a través de internet. Así, no necesitan desplazarse físicamente ni cruzar la frontera para llevar a cabo su trabajo. En estos casos, no es necesario aplicar el IGI o el IVA en las facturas Andorra-España ni reflejar ninguna retención. Los bienes y servicios comercializados tributarán en el país de destino

Facturación entre España y Andorra – Conclusiones 

En conclusión, podemos decir que la facturación entre España y Andorra se ha simplificado mucho gracias a los acuerdos de libre comercio entre ambos países. Básicamente, las facturas de compraventa de bienes y servicios están libres de retenciones, como el IRNR, ni se les debe aplicar ningún otro impuesto en el país de origen, ya sea el IVA español o el IGI andorrano. 

Por supuesto, esto supone una ventaja para los clientes ubicados en Andorra que compran bienes y servicios desde España, Francia y otros países. En la mayoría de los casos, sólo tendrán que pagar el IGI general, que es apenas del 4,5%. En cambio, quienes reciben mercancías o servicios en España deben pagar un IVA general del 21%. 

Finalmente, es importante señalar que las empresas y autónomos españoles y andorranos deben conocer las normativas fiscales para comercializar entre estos países. De esa manera, evitarán aplicar innecesariamente una retención o un impuesto en sus facturas. Eso, además de generar confusión, podría suponer pérdidas y problemas legales a las empresas y autónomos involucrados. 

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