Estos municipios de Barcelona cambian el valor catastral en 2020

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Revisa si te afecta el cambio de valor catastral de estos municipios de Barcelona

Cerca de 1.100 municipios españoles han cambiado el valor catastral de sus inmuebles para 2020, y Barcelona es una de las provincias que se ha sumado. Esto ha ocurrido en el marco de la actualización de los coeficientes de actualización -al alza o a la baja- de los valores catastrales de inmuebles urbanos. Tal y como indica El Idealista, «las subidas y bajadas medias globales en conjunto alcanzan un 3%, respectivamente. El incremento máximo no supera el 5%».

“Con esta medida se contribuye a reforzar la financiación municipal, la consolidación fiscal y la estabilidad presupuestaria de las entidades locales”, afirmó el Gobierno en funciones en el pasado Consejo de Ministros. En Barcelona, un total de 60 municipios han cambiado su valor catastral. Revisa cuáles son en la siguiente tabla. Agradecemos a nuestros compañeros de El Idealista por el artículo (puedes consultar el resto de los municipios españoles en su web, aquí).

BARCELONA ALELLA 2002 Sube 3%
BARCELONA ARENYS DE MAR 2002 Sube 3%
BARCELONA BADALONA 1998 Sube 3%
BARCELONA BARBERA DEL VALLES 1990 Sube 3%
BARCELONA CALDES D’ESTRAC 1994 Sube 3%
BARCELONA CALLDETENES 1999 Sube 3%
BARCELONA CALONGE DE SEGARRA 1989 Sube 3%
BARCELONA CASTELLAR DEL VALLES 2002 Sube 3%
BARCELONA CASTELLFOLLIT DE RIUBREGOS 1989 Sube 3%
BARCELONA CASTELLOLI 1989 Sube 3%
BARCELONA CENTELLES 1988 Sube 5%
BARCELONA CERCS 1986 Sube 5%
BARCELONA CUBELLES 1998 Sube 3%
BARCELONA EL MASNOU 2002 Sube 3%
BARCELONA ESPARREGUERA 2002 Sube 3%
BARCELONA ESPLUGUES DE LLOBREGAT 1997 Sube 3%
BARCELONA GAVA 2001 Sube 3%
BARCELONA GRANOLLERS 1998 Sube 3%
BARCELONA GUARDIOLA DE BERGUEDA 1986 Sube 5%
BARCELONA LA LLAGOSTA 1994 Sube 3%
BARCELONA LA ROCA DEL VALLES 1995 Sube 3%
BARCELONA LES FRANQUESES DEL VALLES 1999 Sube 3%
BARCELONA L’HOSPITALET DE LLOBREGAT 2000 Sube 3%
BARCELONA LLUÇA 1988 Sube 5%
BARCELONA MALGRAT DE MAR 2001 Sube 3%
BARCELONA MARTORELL 1987 Sube 5%
BARCELONA MARTORELLES 1999 Sube 3%
BARCELONA MOLLET DEL VALLES 1996 Sube 3%
BARCELONA MONTESQUIU 1985 Sube 5%
BARCELONA OLESA DE MONTSERRAT 1996 Sube 3%
BARCELONA OLOST 1989 Sube 3%
BARCELONA PALAFOLLS 1986 Sube 5%
BARCELONA RELLINARS 1996 Sube 3%
BARCELONA RUBIO 1989 Sube 3%
BARCELONA RUPIT I PRUIT 1989 Sube 3%
BARCELONA SANT AGUSTI DE LLUÇANES 1989 Sube 3%
BARCELONA SANT ANDREU DE LA BARCA 1996 Sube 3%
BARCELONA SANT BOI DE LLUÇANES 1989 Sube 3%
BARCELONA SANT CELONI 1997 Sube 3%
BARCELONA SANT JULIA DE VILATORTA 2000 Sube 3%
BARCELONA SANT JUST DESVERN 1996 Sube 3%
BARCELONA SANT PERE DE RIBES 2000 Sube 3%
BARCELONA SANT PERE DE RIUDEBITLLES 1988 Sube 5%
BARCELONA SANT PERE DE VILAMAJOR 1987 Sube 5%
BARCELONA SANT QUIRZE DE BESORA 1987 Sube 5%
BARCELONA SANTA MARIA DE BESORA 1987 Sube 5%
BARCELONA SANTA MARIA DE MARTORELLES 1995 Sube 3%
BARCELONA SORA 1989 Sube 3%
BARCELONA SUBIRATS 1987 Sube 5%
BARCELONA TARADELL 1987 Sube 5%
BARCELONA TONA 1988 Sube 5%
BARCELONA TORRELAVIT 1988 Sube 5%
BARCELONA TORRELLES DE FOIX 1988 Sube 5%
BARCELONA TORRELLES DE LLOBREGAT 1995 Sube 3%
BARCELONA ULLASTRELL 1995 Sube 3%
BARCELONA VACARISSES 2001 Sube 3%
BARCELONA VALLBONA D’ANOIA 1987 Sube 5%
BARCELONA VECIANA 1989 Sube 3%
BARCELONA VILALBA SASSERRA 1987 Sube 5%
BARCELONA VILASSAR DE DALT 1994 Sube 3%

Cuánto cambiará el valor catastral en Barcelona

No todas las localidades van a sufrir las mismas alternaciones, sino que dependerá del año en el que se realizó la última revisión del catastro, lo que se denomina ponencia de valores. Así, se aplican diferentes coeficientes de actualizaciones. Ésta es la tabla que incluye el BOE:

Año de entrada en vigor ponencia de valores Coeficiente de actualización
1984, 1985, 1986, 1987 y 1988 1,05
1989, 1990, 1994, 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003 1,03
2011, 2012 y 2013 0,97

Busca tu municipio en la tabla y cruza la fecha con la de los datos que hemos ofrecido y lo sabrás.

Cómo te afecta el cambio de valor catastral si vives en Barcelona

La revisión aprobada por el Gobierno tiene un impacto directo en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), al Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (más conocido como la Plusvalía municipal) y al Impuesto sobre el Patrimonio, entre otros, ya que el valor catastral sirve de referencia para calcular estas figuras tributarias.

No podemos olvidar que el IBI es un tributo local y que se convierte en una de las fuentes de ingresos más destacadas para los ayuntamientos. A continuación, los impuestos que se ven afectados por esta revisión catastral:

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

El valor catastral es un dato fundamental para determinar lo que a cada uno le toca pagar de IBI, un tributo que afecta a todas las personas que tienen un inmueble. El impuesto municipal grava la titularidad de ciertos derechos sobre inmuebles como la propiedad, el usufructo, el derecho de superficie o la concesión administrativa.

La base imponible de este impuesto es precisamente ese valor catastral sobre el que pueden aplicarse reducciones si corresponden y un tipo impositivo que va desde el 0.07% al 0.15%. (La fórmula es: valor catastral – reducciones = base liquidable x tipo = cuota a pagar).

IBI = valor catastral – reducciones = base liquidable x tipo = cuota a pagar

A efectos prácticos, pagarás más IBI si tu municipio ha revisado al alza el valor catastral, ya que si el Ayuntamiento lo ha solicitado es porque busca aumentar los ingresos vía impuestos. Sin embargo, cabe también la posibilidad de que el Ayuntamiento decida reducir el tipo impositivo del IBI, con lo que podrías seguir pagando lo mismo de IBI. O también está la posibilidad de que el consistorio actualice al alza o a la baja tanto los coeficientes como el tipo impositivo, con lo que la subida o bajada del IBI será fuerte.

Impuesto Municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía municipal)

En la Plusvalía municipal, la base imponible se calcula con el valor catastral, pero en este caso, el valor catastral del suelo. Este impuesto grava el incremento de valor que se produce en el suelo desde la adquisición del inmueble hasta la fecha de transmisión, bien porque se vende el inmueble, bien porque se constituyen o se transmiten derechos reales constituidos sobre él.

Impuesto sobre el Patrimonio (IP)

El Impuesto sobre el Patrimonio grava el patrimonio neto de la persona física. Uno de esos bienes o derechos que puede formar parte del patrimonio neto son los inmuebles. A la hora de pagar, se tiene en cuenta el mayor de los tres valores siguientes: el valor catastral, el comprobado por la Administración a efectos de otros tributos o el valor de adquisición.

Si el catastral es superior a los otros dos valores, sería ese el que habría que tener en cuenta para determinar la base imponible del impuesto. No obstante, el catastral suele ser inferior a los otros dos, por lo menos al valor comprobado por la Administración.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD)

Entre otros supuestos, el ITPAJD grava las transmisiones onerosas (es decir, en las que se paga un precio) de bienes inmuebles. Para calcular este impuesto, se toma como referencia el valor del inmueble, pero no el catastral, sino el valor real o de mercado.

Entonces, ¿por qué se incluye este tributo a la lista de impuestos donde sirve el valor catastral? Por lo mismo que debe incluirse el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y que se comentará en el siguiente capítulo.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)

Este impuesto se ocupa de la transmisión de inmuebles, las que se produce de forma lucrativa (sin pagar a cambio un precio). Y al igual que con el Impuesto sobre Transmisiones, los bienes se deben valorar por el valor real o de mercado.

Este concepto de valor real es bastante indeterminado, por eso, en ocasiones se utiliza el valor mínimo de referencia de la comunidad autónoma. El ITPAJD y el ISD son dos impuestos cedidos a las comunidades autónomas y prácticamente todas ellas, salvo algún caso concreto (como la provincia de Guipúzcoa, donde no existe), han aprobado un sistema de cálculo por el que, consignando el valor catastral y la antigüedad del inmueble, se establece un valor de referencia.

¿Cómo calcular el valor catastral de tu vivienda en Barcelona?

No hace falta que calcules el valor catastral de tu vivienda en Barcelona, puedes consultarlo en la web del Ayuntamiento de Barcelona.

Necesitarás indicar tus datos personales y también el valor referencial del edificio. Puedes buscarlo en las facturas del IBI o consultando el catastro de Barcelona.

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