Solicita la devolución del impuesto de Actos Jurídicos Documentado

El Tribunal Supremo (TS) ha emitido un fallo en contra de la Generalitat de Cataluña por cobrar duplicadamente el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) en un mismo documento notarial, abriendo la posibilidad de su devolución. La sentencia, fechada el 18 de octubre y con el magistrado Berberoff Ayuda como ponente, establece que al formalizar la división en régimen de propiedad horizontal y la disolución del condominio en un único documento notarial, solo debe liquidarse el IAJD sobre la extinción del condominio.

El Supremo argumenta que gravar la división horizontal en el mismo acto no es procedente, ya que es una operación necesaria para disolver el condominio y asignar a cada individuo su parte correspondiente. Estas operaciones son comunes tras una herencia, cuando varios hermanos heredan un edificio y disuelven la copropiedad para quedarse con propiedades específicas. La sentencia elimina la obligación de tributar por el IAJD en la división del inmueble, que grava el 1,5% de la base imponible.

¿Se pueden reclamar los impuestos del Actos Jurídicos Documentados?

Sí, desde el 18 de octubre el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados se puede reclamar en Cataluña.

La sentencia del Supremo abre la posibilidad de que la Hacienda catalana devuelva ingresos indebidos por tributar la división de la propiedad, junto con intereses de demora.

La resolución del Alto Tribunal es aún más favorable de lo que parece, ya que ya falló en enero de 2020 que al disolver una comunidad y distribuir bienes, solo se tributa por la parte nueva recibida, no por la suma de lo que ya se poseía y lo que se recibe.

¿Cómo solicitar la devolución de gastos indebidos por Actos Jurídicos Documentados (IAJD)?

Para solicitar la devolución de pagos indebidos, el contribuyente debe verificar si en los últimos cuatro años ha realizado una operación que encaje con la sentencia, es decir, una división de propiedad horizontal y disolución de la comunidad de bienes en la misma escritura. Si ha pagado el impuesto duplicadamente, puede corregir la autoliquidación antes de que prescriba solicitando la devolución de ingresos indebidos, basándose no solo en esta sentencia, sino también en la de 1998, ya que ambas crean jurisprudencia vinculante para la Administración.

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El IAJD grava dos veces

El TS, en su fallo de noviembre de 1998, estableció que no es posible la adjudicación de la propiedad sin realizar primero la división horizontal, por lo que si ambas acciones se llevan a cabo en un solo acto, no se pueden gravar dos veces. La sentencia de 1998, aunque aplicaba un decreto de 1967, según el TS, es proyectable al caso actual.

Conclusión

En conclusión, la reciente sentencia del Tribunal Supremo que falla en contra de la Generalitat de Cataluña por cobrar duplicadamente el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) en casos de división de propiedad horizontal y disolución del condominio ofrece a los contribuyentes una oportunidad para reclamar pagos indebidos. Aquellos que hayan realizado operaciones similares en los últimos cuatro años, donde se haya gravado la división horizontal de la propiedad, pueden considerar la posibilidad de rectificar su autoliquidación y solicitar la devolución de ingresos indebidos.

La sentencia no solo elimina la obligación de tributar por la división del inmueble, sino que también se suma a precedentes anteriores, como el fallo de 1998, fortaleciendo así la posición de los contribuyentes. Para aquellos afectados, es esencial revisar sus transacciones inmobiliarias y, en caso de haber pagado el impuesto duplicadamente, tomar medidas para reclamar la devolución correspondiente.

Es importante destacar que la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo tiene un impacto vinculante para la Administración, lo que refuerza la base legal para solicitar la devolución de manera fundamentada. En este contexto, la asesoría legal especializada puede ser de gran utilidad para llevar a cabo el proceso de reclamación de manera efectiva y asegurar el cumplimiento de los plazos legales pertinentes.

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