Aprende a reclamar o desheredar la herencia legítima en Cataluña
¿No sabes cómo reclamar la herencia legítima en Cataluña? ¿O, más bien, no tienes ni idea de cómo se deshereda? En Viola Pérez te lo explicamos. Recuerda que puedes contar con los servicios de nuestros abogados fiscalistas si lo que quieres es reclamar o desheredar tu herencia legítima.
¿Qué es la herencia legítima?
Cuando hablamos de herencia legítima nos referimos a aquella que pertenece a los parientes más cercanos del fallecido por derecho. Estos son los herederos forzosos, y se refiere a los hijos, los padres si no se tiene hijos, o el cónyuge.
Según el artículo 806 del Código Civil, la herencia legítima “es la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos”. A cada uno de estos herederos forzosos les corresponde un porcentaje de la herencia obligatoriamente.
La selección de herederos forzosos variará dependiendo de cada Comunidad Autónoma (CC.AA). Por ejemplo, en Cataluña solo son legitimarios los hijos (con una cuarta parte de la herencia) y, en defecto de estos, los padres (con la mitad). Ni los demás ascendientes ni el cónyuge viudo se consideran herederos forzosos en ningún caso.
Cómo se calcula la legítima y cuánto corresponde a cada heredero
El cálculo de la legítima se realiza teniendo en cuenta la siguiente ecuación: el valor de los bienes que quedan cuando muere el causante, menos las deudas y las cargas y añadiendo las donaciones colacionables (donaciones que ya se han recibido en vida). Los herederos forzosos tienen derecho a ella, según distintas proporciones y dependiendo de la legislación que se aplique en la comunidad autónoma del difunto.
Según el Código Civil la legítima de los hijos y descendientes son las dos terceras partes de la herencia del padre y de la madre. La legítima de los padres es la mitad de la herencia y si concurren con el cónyuge es un tercio. La legítima del cónyuge si concurre con hijos es el usufructo del tercio de mejora, si concurre con ascendientes del difunto tiene derecho al usufructo de la mitad de la herencia, si no tiene ascendientes ni descendientes tiene derecho al usufructo de dos tercios de la herencia.
Cómo reclamar la herencia legítima en Cataluña o renunciar a ella
La legítima de los hijos es el 25% de la herencia de los padres y el mismo porcentaje les corresponde a los padres respecto a la herencia de los hijos. Con relación al viudo o viuda tiene derecho a la cuarta viudal siempre que, con los bienes propios o los heredados, no tenga capacidad económica para subsistir. Además, tiene derecho al uso de la vivienda habitual por el plazo de un año desde la defunción del cónyuge.
Cómo renunciar a la herencia legítima
A la herencia legítima puede renunciarse, o bien por pacto sucesorio previo ante notario (Baleares, Aragón, País Vasco), o bien por escritura de renuncia posterior a la defunción del causante.
Has de saber que no es posible renunciar si el testador todavía no ha fallecido. El artículo 816 del Código Civil así lo explica: “Toda renuncia o transacción sobre la legítima futura entre el que la debe y sus herederos forzosos es nula, y éstos podrán reclamarla cuando muera aquél; pero deberán traer a colación lo que hubiesen recibido por la renuncia o transacción.”
Por lo tanto, cualquier renuncia en vida del testador a esta proporción de la herencia por parte del heredero forzoso será declarada nula cuando el primero fallezca. Lo que sí podrá hacerse, sin embargo, es renunciar a la herencia legítima una vez fallecido el testador, en cuyo caso será necesario que se trate de una renuncia clara y explícita.
Cómo reclamar la herencia legítima
Si eres un heredero forzoso y no constas en el testamento, no te preocupes, por ley te corresponde una parte de la herencia. Para reclamarla has de seguir los siguientes pasos, aunque te recomendamos que contactes con un abogado especialista en herencias.
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1. Obtén toda la documentación necesaria
Como en prácticamente cualquier procedimiento judicial, el primer paso para reclamar la herencia legítima es la obtención de toda aquella documentación que sea necesaria para que este se desarrolle con garantías. En este caso, hablamos de:
- El certificado de defunción: es básico, ya que prueba que la persona ha fallecido. Sin él, no es posible iniciar el procedimiento. Se solicita en el Registro Civil y puedes pedirlo online o de manera presencial.
- El certificado de últimas voluntades: en el Registro General de Actos de Última Voluntad puedes obtener este documento, que sirve para verificar si existe o no testamento. También es un paso esencial, ya que consiste en conocer cuál era la última voluntad del testador y si esta coincide con lo que se ha establecido como herencia legítima o no.
- El certificado del seguro de vida: en el Registro de Seguros te proporcionarán la información relacionada con los seguros de vida que haya podido contratar el testador, que por supuesto también tienen efectos sobre la herencia.
2. Accede al testamento o realiza la declaración de herederos
El siguiente paso para reclamar la herencia legítima consiste en analizar con detenimiento el contenido del testamento, si existe, en la notaría correspondiente (la que figure en el documento). Si el fallecido no otorgó testamento válido en vida, habrá que proceder a hacer la declaración de herederos. Un heredero y dos testigos acudirán a la notaría correspondiente al domicilio del fallecido para informarse acerca de los siguientes trámites.
3. Solicita el inventario de los bienes
Exista o no testamento, realizar el inventario de los bienes del fallecido es otro paso esencial. Con ello, se conocen, clasifican y valoran todos los bienes del testador, que pueden dividirse entre inmuebles, ajuar doméstico, productos bancarios, inmuebles y deudas.
4. Inicia la partición de la herencia
Llegamos por fin al momento clave, en el que podrás ejercer tu derecho a disponer de tu herencia legítima. Si no se ha respetado, el testamento puede impugnarse y procederse a la partición de tal forma que se tengan en cuenta los derechos de los herederos forzosos. Eso sí, de alcanzarse, primará el posible acuerdo entre todos los herederos en este momento.
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