Declarar Modelo 720 Barcelona y online

Evita las elevadas sanciones por no declarar tus cuentas en el extranjero a través de la presentación del Modelo 720.

¿Qué es el Modelo 720?

La presentación del Modelo 720 es una obligación fiscal que deben cumplir los residentes en España con bienes en el extranjero. Este modelo permite a la Agencia Tributaria (AEAT) controlar la tenencia de activos y derechos fuera del país. 

Este modelo incluye información sobre:

  • Cuentas bancarias en entidades extranjeras
  • Bienes inmuebles situados fuera de España
  • Valores y derechos, tal como acciones, bonos, y seguros de vida

No todos los contribuyentes están obligados a presentar el Modelo 720. Se debe presentar el modelo si la suma total de los bienes sobrepasa los 50.000 euros, considerando cada una de las categorías de activos.

La polémica y últimas noticias del Modelo 720

Las sanciones por no presentar el modelo 720 han sido objeto de mucha controversia, pues son elevadísimas y desproporcionadas. La multa puede llegar a costar casi el doble del valor económico no declarado. Es decir, si posees una cuenta en el extranjero con 100.000 euros y no la declaras, Hacienda te puede poner una multa de hasta 150.000 euros. 

Si quiere evitar estas sanciones, cuenta con nuestra ayuda. Presentaremos tu Modelo 720 EN PLAZO y nos aseguraremos de que Hacienda no te sancione. Si no lo has presentado a tiempo, lo presentamos fuera de plazo, ya que las sanciones son mucho más reducidas y siempre es más recomendable que no presentar.

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¿Cuándo es el plazo de presentación del Modelo 720?

El periodo para la presentación del Modelo 720 se extiende desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio por el que se informa. Por ejemplo, para declarar bienes adquiridos durante el año 2024, los contribuyentes deben presentar el modelo entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2025.

Este plazo se mantiene de manera constante, independientemente de las circunstancias individuales del contribuyente.

Cómo presentar el Modelo 720

Como abogados en Barcelona, podemos presentar tu Modelo 720 dentro de plazo y evitamos posibles errores que te lleven a afrontar sanciones.

Si se te ha pasado el plazo o Hacienda te ha avisado mediante el Código OT0001 de que sabe que posees cuentas en el extranjero, declararemos el Modelo 720 por ti y pondremos todo en orden para evitar posibles sanciones

Te asesoraremos en todo momento, despejando tus dudas y tranquilizándote cuando lo necesites

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Últimas noticias sobre el Modelo 720 - Cambios 2025

En enero de 2022, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que ciertas sanciones asociadas al Modelo 720 eran desproporcionadas y contrarias al derecho comunitario. Como resultado, en marzo de 2022, el Gobierno español modificó la normativa para adaptarla a las exigencias europeas, eliminando las sanciones más severas y ajustando el régimen sancionador.

Para el año 2025, no se han anunciado cambios adicionales en la normativa del Modelo 720. Por lo tanto, los contribuyentes deben seguir cumpliendo con la obligación de declarar sus bienes y derechos en el extranjero cuando superen el umbral establecido. El plazo de presentación para el ejercicio 2024 es del 1 de enero al 31 de marzo de 2025.

Aunque las sanciones se han suavizado tras la sentencia del TJUE, la no presentación o la presentación incorrecta del Modelo 720 puede conllevar multas.

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Multas por no presentar el Modelo de Bienes en el Extranjero

Las sanciones por no presentar el Modelo 720 pueden ser considerables, establecidas por la Agencia Tributaria como herramienta para combatir la evasión fiscal.

Actualmente, la sanción mínima es de 150 euros por dato o conjunto de datos omitidos, con un mínimo de 300 euros por bloque de bienes no declarados. En casos graves, pueden imponerse sanciones del 1% del valor de los bienes no declarados, con un mínimo de 10.000 euros si la omisión es total.

¿Como rellenar el modelo 720 para evitar sanciones de Hacienda?

Te recomendamos rellenar el Modelo 720 con ayuda de abogados fiscalistas como nosotros, pero aquí te dejamos una pequeña guía por si quieres hacerlo por tu cuenta.

En primer lugar, completa los datos del declarante, donde se incluirá el NIF, nombre completo y apellidos. 

La declaración de los bienes y derechos en el extranjero se dividen en tres bloques principales:

El primero corresponde a las cuentas en entidades financieras. Aquí, es imprescindible indicar la clave del tipo de bien o derecho, que en este caso será «C» para cuentas bancarias. Se debe proporcionar el IBAN o cualquier otro identificador, el nombre de la entidad bancaria junto con su Código BIC, así como el saldo a 31 de diciembre del año correspondiente.

El segundo bloque hace referencia a los valores, derechos, seguros y rentas. Si se poseen inversiones en el extranjero, como acciones, bonos o seguros, será necesario especificar la clave del bien o derecho, elegir la opción correcta y describir el activo en cuestión. También se debe incluir el nombre de la entidad emisora o aseguradora y el valor de mercado a final de año.

Por último, está la declaración de bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles en el extranjero. En este apartado, se utiliza la clave «D» para inmuebles y se deben proporcionar datos como la dirección completa, la fecha de adquisición y el valor de compra en euros.

Una vez completados estos bloques, se genera un resumen de la declaración, que se autocompleta con la información proporcionada en los apartados anteriores. 

Cómo trabajamos

Usted nos facilita una explicación del caso y copia de la documentación.

Valoramos la viabilidad de la defensa o reclamación contra la Administración.

Te enviamos un presupuesto.

Firmamos la hoja de encargo con las condiciones del trabajo a realizar.

Empezamos nuestro trabajo trazando una estrategia para contestar a Hacienda, planificar tus impuestos o interponer recursos, dependiendo de tu caso.

Preguntas Frecuentes Modelo 720

Deben presentar el Modelo 720 todas aquellas personas físicas o jurídicas residentes en España que posean bienes y derechos en el extranjero cuyo valor total supere los 50.000 euros. Esto incluye cuentas bancarias, valores, seguros e inmuebles fuera del país.

Si en tu borrador de la renta consta un aviso con el código ot00001 en el que se indica que «en los años anteriores usted obtuvo rentas procedentes de otros países» significa que Hacienda tiene conocimiento de que posees cuentas en el extranjero. Si estas cuentas no se declaran y suman más de 50.000 euros, pueden ocasionar sanciones muy elevadas.

En este caso, se aplicará la sanción por infracción formal, es decir, 100€ por cada dato o conjunto de datos referidos a cada bien o derecho, con un mínimo de 1.500€ por cada bloque. El contribuyente podrá regularizar voluntariamente las ganancias patrimoniales no justificadas No se aplicará la sanción del 150% sobre la cuantía de la cuota íntegra, sino un recargo (15-20%).

Aunque las sanciones se han reducido tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, sigue habiendo multas por la presentación incorrecta o fuera de plazo. La sanción mínima es de 300 euros por bloque de bienes no declarados, pudiendo llegar al 1% del valor de los bienes no informados, con un mínimo de 10.000 euros en los casos más graves.

Si tienes bienes en el extranjero y dudas sobre si debes presentar el Modelo 720, lo mejor es consultar con un abogado especialista en temas de Hacienda.

Las cuentas de brókers internacionales como DEGIRO generan muchas dudas a la hora de rellenar el Modelo 720. La Agencia Tributaria considera que si el dinero se encuentra depositado en una cuenta en el extranjero y supera los 50.000 euros, debe ser declarado. Sin embargo, si los fondos están en una cuenta en España, aunque se utilicen para operar en mercados internacionales, no será necesario incluirlos. Consulta con nuestros expertos en asesoría fiscal internacional en Barcelona.

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