Actas de disconformidad de Hacienda: ¿Qué pasa si firmo?

Te contamos algunos detalles sobre los beneficios y consecuencias de firmar actas de disconformidad de Hacienda. Como abogados fiscalistas expertos, contamos con el conocimiento necesario para poder esclarecer algunas de tus dudas. 

En esta ocasión, hablaremos de todo lo que necesitas saber sobre las actas de disconformidad para que, al momento de firmar, sepas de qué se trata y cuáles son los resultados de esta decisión.

Cuando una inspección de Hacienda está llegando a su fin, hay un momento clave para el cierre: ¿firmar en conformidad o firmar un acta en disconformidad? Este es uno de los momentos más importantes del procedimiento tributario. Se trata de una decisión que puede afectar (para bien o para mal) tu economía, tus derechos y la estrategia jurídica que te acompañará durante meses.

Desde Viola Pérez, como abogados fiscalistas expertos en defensa ante Hacienda te ayudamos a entender de qué se trata.

Actas de disconformidad: ¿qué son y para qué sirven? 

Las actas de disconformidad funcionan como una declaración formal de desacuerdo que abre un periodo de alegaciones. Se trata de documentos que Hacienda emite al final de una inspección cuando la persona contribuyente no está de acuerdo con la propuesta de liquidación.

En el imaginario popular, las actas de disconformidad tienen una connotación negativa. Es que Hacienda suele insistir en firmar en conformidad con la promesa seductora de una reducción del 30% en la sanción, amparada en el artículo 188 de la Ley General Tributaria. Entonces, la disconformidad puede sonar a una pérdida inminente de beneficios. 

Sin embargo, la realidad jurídica es un poco más compleja. Firmar en disconformidad en principio implica perder la reducción del 30%, pero el artículo 7 del Reglamento Sancionador Tributario dicta que puedes recuperar esa reducción si manifiestas conformidad después, siempre antes de que se dicte la liquidación. Es decir, no todo está perdido una vez que firmas.

Actas de disconformidad: un lapso para planificar

Las actas de disconformidad no son un rechazo definitivo a las propuestas de Hacienda: son un espacio para pensar, asesorarte y buscar una forma de resolver tus problemas con la Agencia Tributaria. De hecho, hasta las podríamos entender como un acto de prudencia. Sirven para ganar tiempo, proteger tus derechos y evitar confirmar hechos que luego se te pueden volver en contra en un litigio.

Este documento te permite contar con más tiempo sin renunciar a futuras reducciones ni a una defensa sólida. Si te encuentras en un caso en el que necesitas revisar cifras, entender interpretaciones jurídicas o simplemente decidir más tranquilo, las actas de disconformidad pueden ser tus aliadas.  

Al momento de firmar las actas de disconformidad, siempre surge el mismo dilema: ¿perder reducciones o tener más tiempo? Es que a la reducción del 30% se suma la posibilidad de otra del 40%, acumulable. Este beneficio solo es posible si se paga en plazo y no se ha recurrido a las actas de disconformidad. 

Sin embargo, debes saber que si vas a recurrir la liquidación, pierdes ambas reducciones firmes como firmes el acta. De hecho, es el dato que siempre falta en las explicaciones oficiales. Nosotros desde Viola Pérez te lo develamos. Es que, al recurrir, da igual si firmaste en conformidad o disconformidad, ya que las reducciones pierden vigencia. Si el plan es recurrir, la disconformidad es la opción más coherente y va a servir para darte más tiempo.

En las actas de disconformidad no solo mantienes abierto el camino del recurso, también evitas declarar rápidamente hechos de los que quizás luego te arrepientes. La conformidad es una confirmación administrativa de una versión de la historia que puede no corresponderse con la realidad. Acudir a la disconformidad te da tiempo de resolver a tu modo.

Retraso del pago: el principal beneficio

Uno de los beneficios prácticos más importantes de las actas de disconformidad es que retrasan el momento de pagar. Y en materia tributaria, el tiempo vale.

Cuando firmas en conformidad, la liquidación suele venir adjunta y el pago comienza a ser exigible en cuestión de semanas. En cambio, con una disconformidad, se abre un período de alegaciones de al menos 15 días hábiles. Este período depende de que Hacienda dicte la liquidación, la notifique, y recién en ese momento comenzaría el plazo de pago voluntario. 

Este proceso puede extenderse y significa más tiempo para la planificación fiscal. De hecho, este margen de tiempo les permite a muchas empresas, pequeñas productoras, emprendedoras o profesionales, organizar sin recortar.  

Ganar tiempo también es ganar defensa

La disconformidad no solo retrasa el pago, sino también el inicio del plazo para recurrir, que comienza cuando la liquidación se notifica formalmente. Así, las actas de disconformidad otorgan el tiempo que se necesita para preparar una defensa sólida.

En la práctica jurídica, y en la vida en general, quien se organiza con anticipación, gana. El tiempo y la calma tienen grandes tasas de éxito. Para elaborar una defensa bien documentada, fundamentada y cuidadosamente estructurada, mejor tener tiempo de sobra. 

Recurrir trae consigo beneficios adicionales. Si recurres la sanción, su pago queda suspendido automáticamente; si recurres la liquidación, puedes solicitar igualmente la suspensión, incluso sin garantías en casos excepcionales.

Actas de disconformidad: Preguntas frecuentes

¿Qué significa firmar un acta en disconformidad?

Es dejar constancia de que no estás de acuerdo con la propuesta de Hacienda. Luego de este gesto, comienza un periodo de alegaciones que te permite recurrir.  

¿Qué pasa si me niego a firmar un acta?

No firmar no frena el procedimiento. Hacienda igualmente continúa y te notificará el contenido. Simplemente, quedará anotado que no firmaste. No te da ninguna ventaja jurídica y tampoco evita la liquidación.

¿Cuánto tarda Hacienda en responder a las alegaciones?

No existe un plazo fijo, pero lo habitual es que tarden entre unas semanas y varios meses. Depende de la carga de trabajo del órgano inspector. Hasta que respondan, el procedimiento queda “abierto” y no pueden exigirte el pago.

¿Cuándo se entiende notificada un acta de disconformidad?

Se considera notificada cuando la recibís formalmente por vía electrónica o en papel, según tu obligación de notificación. Desde ese momento empieza a correr el plazo para presentar alegaciones. Si no accedes a la notificación electrónica, se entiende realizada por “rechazo” a los 10 días.

¿Cuándo firmar un acta en disconformidad?

Firmar un acta en disconformidad solo tiene sentido si realmente vas a recurrir; de lo contrario, pierdes reducciones y estrategia. Además, no conviene anunciar la disconformidad antes de leer el acta, porque puede endurecer la postura de la inspección. 

Si recurres y ganas, la sanción puede anularse total o parcialmente, llegando incluso a una reducción del 100%.  

Firmar un acta en disconformidad es una estrategia jurídica legítima. Se trata de una forma de reclamar tiempo, preservar defensa y ejercer derechos. Si necesitas asesoramiento para decidir qué camino tomar, podemos ayudarte a analizar tu caso con rigor, empatía y estrategia.

Desde nuestro despacho de abogados expertos en defensa ante Hacienda trabajamos con la convicción de que cada persona tiene derecho a conocer en profundidad los beneficios y riesgos de los procedimientos legales. Y estamos listos para acompañarte.

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