Si eres autónomo, lo más probable es que Hacienda te deba dinero

En la actualidad, trabajar bajo el régimen de autónomo se convierte en una gran posibilidad. De hecho, son cada vez más los españoles que apuestan a un trabajo independiente o como emprendedores. Por eso, conocer las normativas vigentes para los autónomos de nuestro país se vuelve una herramienta esencial.

Como abogados fiscalistas expertos, ofrecemos asesoramiento y servicios de planificación fiscal. Y, a través de nuestro blog, comunicamos noticias de interés para llevar tus responsabilidades fiscales al día. Es que, entre tantas documentaciones, quizás olvidas algunas obligaciones. Además, sin contar con asesoramiento, es posible que te pierdas de novedades que pueden ser beneficiosas para tu economía, por ejemplo, la reducción del 20% de tu rendimiento por inicio de actividad.

Si te has dado de alta recientemente como trabajador por cuenta propia, es muy posible que Hacienda te deba dinero, o que no estés aplicando correctamente esta reducción que aligera tu factura fiscal. No te preocupes, es una buena noticia, y reversible con el correcto procedimiento.

En esta nota, vas a conocer todo sobre la reducción del 20% de tu rendimiento por inicio de actividad. Vamos a explicarte qué es, quién puede aplicarla, cómo aprovecharla y por qué muchos autónomos no la conocen.

¿Qué es la reducción del 20% de tu rendimiento por inicio de actividad?

La reducción del 20% de tu rendimiento por inicio de actividad es un beneficio fiscal regulado en el artículo 32.3 de la Ley del IRPF.

Se trata de una normativa que fue diseñada para impulsar el inicio de actividad de autónomos, como una forma de apoyo durante los primeros años. Es que, justamente, la primera etapa como trabajador independiente puede llegar a ser la más inestable.   

En términos prácticos, esta reducción permite que el autónomo pague un 20% menos de impuestos sobre sus beneficios netos durante el primer ejercicio en el que tenga rendimientos positivos.

Ejemplo práctico de reducción del 20% de tu rendimiento por inicio de actividad

Para que lo puedas visualizar mejor, te damos un ejemplo práctico. Si en tu primer año como autónomo tu rendimiento neto fue de 15.000 €, con esta medida, solo tributarías sobre 12.000 €. Esa diferencia puede suponer un ahorro de cientos de euros en tu declaración de renta.

El objetivo de este beneficio es justamente favorecer el arranque de nuevas actividades profesionales y aliviar la carga fiscal inicial para los autónomos principiantes.

¿Quién puede aplicar esta reducción?

No todos los autónomos pueden beneficiarse de esta medida. La Agencia Tributaria establece una serie de requisitos concretos para poder ser beneficiario.

Entre los requerimientos se encuentra: ser autónomo de nueva creación, es decir, haber iniciado tu actividad por primera vez o no haber ejercido ninguna otra en los cinco años anteriores. Es solo válido para persona física, no para sociedad ni entidades.

A su vez, para poder aplicar, debes tributar por estimación directa o directa simplificada, como también tener rendimientos positivos.

Aunque debes tener en cuenta que, si el primer año tienes pérdidas, podrás aplicar la reducción el primer ejercicio posterior en el que obtengas beneficios.

Consejo de expertos: No pagues de más

Lo que debemos resaltar como abogados fiscalistas expertos es que esta reducción no es automática. De hecho, si leyendo esta nota te das cuenta de que no habías aplicado al beneficio y que Hacienda te debe dinero, lo mejor es consultar con un profesional que te ayude a reclamar ese monto.

El beneficio solo será para quienes aplican la reducción en la declaración de la renta, concretamente en el apartado de rendimientos de actividades económicas. Lo que sucede con esta medida es que, si bien es positiva, muchos autónomos no la conocen.

Quienes no cuentan con asesoramiento de expertos, presentan su declaración por su cuenta o a través del borrador automático, no aplican esta reducción del 20% de tu rendimiento por inicio de actividad y terminan pagando de más.

Cuánto puedes ahorrar con la reducción del 20% de tu rendimiento por inicio de actividad

La cuantía del ahorro depende de tus ingresos y gastos. A continuación, podrás visualizar algunos ejemplos prácticos que pueden ayudarte a calcular un estimativo de tu posible ahorro fiscal con esta medida.

Caso Ingresos Gastos Rend. neto Reducción (20%) Base tras reducción Ahorro ≈ (20% tipo) Ahorro ≈ (25% tipo)
1 25.000 € 10.000 € 15.000 € 3.000 € 12.000 € 600 € 750 €
2 40.000 € 15.000 € 25.000 € 5.000 € 20.000 € 1.000 € 1.250 €
3 18.000 € 5.000 € 13.000 € 2.600 € 10.400 € 520 € 650 €
4 60.000 € 20.000 € 40.000 € 8.000 € 32.000 € 1.600 € 2.000 €
5 12.000 € 3.000 € 9.000 € 1.800 € 7.200 € 360 € 450 €

Debes tener en cuenta que, si eres autónomo y estás empezando, esa cantidad puede marcar la diferencia entre cerrar el año con ahorros o con números en rojo.

Lamentablemente, muchos profesionales ni siquiera saben que pueden reclamar este beneficio de ejercicios anteriores, siempre que no hayan pasado cuatro años desde la presentación de la declaración.

¿No la has aplicado? ¡No pierdas dinero! 

Si ya has hecho tu declaración y no has aplicado reducción del 20% de tu rendimiento por inicio de actividad, estás a tiempo de recuperarla. Puedes hacer un reclamo, acompañado de abogados fiscalistas expertos o incluso por tu propia cuenta.

El procedimiento es sencillo. Debes acceder a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Una vez allí, busca el apartado de “Mis expedientes” y selecciona el ejercicio correspondiente.

Solicita una rectificación de autoliquidación, que es el trámite oficial para corregir una declaración ya presentada. En este punto, debes explicar el motivo e indicar tu situación. Indica que no has aplicado la reducción del 20% prevista en el artículo 32.3 de la Ley del IRPF y aporta la documentación que acredite que cumples los requisitos (alta en el RETA, rendimientos declarados, etc.).

Una vez que has hecho el descargo, solo queda esperar. La resolución llegará en un plazo determinado. Hacienda debe revisar tu caso y, si corresponde, te devolverá la cantidad correspondiente con los intereses de demora incluidos.

La realidad es que, a partir de conocer el procedimiento, muchos autónomos han recuperado entre 400 y 1.000 € de ejercicios pasados. Lo bueno es que no necesitas contratar una gestoría compleja: basta con hacer una revisión cuidadosa o acudir a un asesor que conozca bien este beneficio.

¿Por qué tantos autónomos pierden la reducción del 20% de tu rendimiento por inicio de actividad?

La falta de información es la principal causa por la cual muchos autónomos y empresas no se benefician de las normativas actuales. Por eso, como abogados expertos, siempre recomendamos acudir a un equipo de profesionales que lleve a cabo las tareas tributarias. Es que no existe mejor estrategia que la experiencia.

Otros beneficios fiscales para nuevos autónomos

Además de la reducción del 20% de tu rendimiento por inicio de actividad, los autónomos también pueden aprovechar otras normativas nuevas. Por ejemplo, la tarifa plana de la cuota de autónomos, que reduce la base de cotización durante los primeros meses.

También existen deducciones por inversión en material o software profesional, gastos afectos a la actividad (teléfono, suministros, coworking, transporte, etc.) o la deducción por maternidad o paternidad, si cumples con los requisitos.

La mejor forma de obtener el máximo ahorro fiscal es contar con un asesor que se encargue de tus obligaciones fiscales. A su vez, cabe destacar que el mejor de todos los incentivos es la reducción del 20%, ya que se aplica directamente sobre tus ingresos netos y puede mejorar significativamente tu economía como autónomo.

La reducción del 20% de tu rendimiento por inicio de actividad no solo es un beneficio fiscal, sino una oportunidad de aliviar la carga impositiva y sacar máximo provecho de tu carrera profesional. Por eso, comprueba si has aplicado este beneficio. Si no lo hiciste, contáctanos y lo hacemos por ti.

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