
Existe un dilema entre los sistemas familiares a la hora de gestionar las propiedades o capitales comunes. ¿Qué es mejor? ¿Heredar o donar? Es que, si bien se trata de una misma acción a fines prácticos o emocionales, en cuestiones legales no es lo mismo. En las comunidades autónomas como Andalucía, las implicancias fiscales de estas acciones son particulares. Ante este o cualquier otro dilema que incluya a la Agencia Tributaria, Junta o Hacienda de por medio, lo mejor siempre es consultar Abogados Fiscalistas. Es que, la normativa fiscal varía según la región, y entender estas diferencias es esencial para tomar decisiones informadas.
Comparativa fiscal: herencia vs. donación
En Andalucía, tanto herencia como donación, pueden beneficiarse de bonificaciones fiscales, pero existen diferencias que hacen de cada situación un caso particular.
Con respecto a una herencia, los herederos directos (grupo I: hijos, cónyuges, padres) pueden acceder a una bonificación del 99% en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), lo que reduce significativamente la carga fiscal.
En cuanto a las donaciones, también pueden beneficiarse de bonificaciones, pero suelen estar sujetas a impuestos sobre la ganancia patrimonial en el IRPF, lo que puede aumentar la carga fiscal total.
Además, las donaciones pueden generar una plusvalía municipal, dependiendo del valor catastral y el tiempo transcurrido desde la adquisición del bien.
¿Qué es el Impuesto de Sucesiones en Andalucía?
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) en Andalucía es un tributo que se paga al recibir una herencia. Es de competencia autonómica, lo que significa que la Junta de Andalucía establece sus propias bonificaciones.
Desde 2019, la normativa permite una bonificación del 99% para herederos del grupo I y II, lo que convierte a Andalucía en una de las regiones con menor carga fiscal por herencia. Esta política busca proteger el patrimonio familiar y evitar que se vendan viviendas o activos para pagar impuestos. En este punto es importante resaltar que el impuesto debe liquidarse en un plazo de 6 meses desde el fallecimiento (prorrogables).
¿Qué tanto por ciento hay que pagar a Hacienda por una herencia? ¿Cuánto se paga por heredar en Andalucía?
El porcentaje que se paga a Hacienda por una herencia depende de varios factores como el valor de lo heredado, el grado de parentesco y la comunidad autónoma donde se efectúe la operación, ya que cada una tiene sus reglas.
En Andalucía, por ejemplo, el porcentaje de impuestos para herederos directos es prácticamente simbólico. Esta comunidad cuenta con una bonificación del 99%, entonces si tu herencia tributa un 7%, pagarás solo el 0,07% real. Esto es posible siempre que se cumpla con los requisitos y la documentación en tiempo y forma. En este sentido, contar con asesoría fiscal es clave.
La bonificación en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) es una medida que fue implementada para facilitar el relevo generacional sin cargas fiscales asfixiantes.
En otras comunidades sin bonificaciones, los tipos impositivos oscilan entre el 7,65% y el 34%. Existe una premisa en lo que respecta al cálculo de impuestos por donación o herencia: a mayor valor de la operación y menor grado de parentesco, mayor el impuesto.
Heredar o donar en Andalucía: ¿cómo calcular el impuesto de herencia en 2025?
Uno de los factores más importantes a tener en cuenta a la hora de decidir si heredar o donar es el cálculo del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD). Existen bonificaciones fiscales muy ventajosas, sobre todo en 2025, pero igualmente es fundamental conocer el proceso paso a paso para calcular correctamente cuánto deberías pagar al heredar. Para este procedimiento lo ideal es consultar con abogados fiscalistas especialistas en herencias y donaciones. Igualmente, desde nuestro estudio de expertos, te compartimos algunos consejos:
1. Valoración de los bienes heredados
El primer paso para calcular el impuesto es valorar todos los bienes que forman parte de la herencia: inmuebles, dinero en cuentas, vehículos, acciones, seguros de vida, joyas o cualquier otro patrimonio. Debes tener en cuenta que una valoración errónea puede implicar una tributación más alta o problemas legales posteriores.
2. Aplicación de reducciones y bonificaciones
En general, debes tener en cuenta las regulaciones de cada comunidad autónoma. En Andalucía, por ejemplo, si la persona que recibe los bienes es un heredero directo (hijo, padre, cónyuge), puede beneficiarse de una bonificación del 99% sobre la cuota del impuesto. También existen reducciones específicas por vivienda habitual, discapacidad, empresas familiares o explotaciones agrarias. Cada caso es especial y estudiarlo a fondo puede reducir la base imponible considerablemente.
3. Determinar la base imponible y aplicar el tipo impositivo
Una vez aplicadas las reducciones, se calcula la base imponible: el valor final sobre el que se aplicarán los tipos del impuesto. El tipo impositivo es progresivo, lo que significa que cuanto mayor sea el valor de lo heredado, mayor será el porcentaje aplicado. A su vez, mientras más lejano sea el parentesco, crecerá el valor.
4. ¿Y si se decide donar en lugar de heredar?
Aunque ambas vías están bonificadas, en Andalucía, particularmente, la donación genera impuestos adicionales, como el IRPF para el donante. Además, en donaciones de inmuebles puede aplicarse la plusvalía municipal, lo que encarece el proceso. Si bien donar en vida permite planificar mejor y repartir el patrimonio gradualmente, heredar sigue siendo la opción más rentable a nivel fiscal en la mayoría de los casos. De todas formas, siempre es recomendable acudir a un abogado fiscalista experto que pueda asesorarte sobre tu caso.
Si estás dudando sobre qué operaciones llevar a cabo, lo mejor es consultar con un grupo de expertos que despeje todas tus dudas y te permita disfrutar de tu patrimonio tranquilamente.