Encontrar empleo nunca ha sido sencillo, y menos ahora que la crisis financiera parece trastocar todo sector de la sociedad. En especial, los jóvenes son quienes más luchan por hallar una fuente de ingresos estable que les permita cubrir sus gastos. Ante esta situación, no es raro que muchos terminen aceptando condiciones laborales irregulares, como la de ser un falso autónomo.
De entrada hay que mencionar que la figura de falso autónomo solo beneficia a la empresa que contrata bajo esta modalidad a un trabajador independiente. Este último queda privado de beneficios a los que tiene derecho, pero que prefiere dejar de lado para asegurar un puesto de trabajo. Veamos más de cerca qué es un falso autónomo y cómo identificarlo.
¿Qué es un falso autónomo?
En pocas palabras, un falso autónomo es un trabajador dado de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) de la Seguridad Social, pero que en realidad trabaja por cuenta ajena. Es decir, el empleado está dado de alta como autónomo, pero trabaja como asalariado para una empresa. Es una figura común en muchas empresas y que está bajo la mira de la Agencia Tributaria.
¿Por qué es incorrecto que una empresa contrate a un trabajador bajo el perfil de falso autónomo? Básicamente, porque la empresa está tratando al empleado como si fuera un autónomo, cuando en realidad presta un servicio como trabajador asalariado. Bajo esta modalidad, el trabajador no recibe los beneficios y garantías que merece, mientras que la empresa sale ganando.
¿Por qué existen los falsos autónomos?
Contratar a un falso autónomo está mal porque vulnera los derechos de los trabajadores por cuenta propia. Para empezar, la empresa no asume la responsabilidad de pagar cotizaciones a la Seguridad Social. Este y otros deberes (como presentar los impuestos trimestrales y anuales) siguen siendo tarea del propio empleado.
Mientras tanto, la empresa se beneficia de la plena dedicación de un trabajador. Este tendrá que ceñirse a un horario de trabajo y cumplir con su papel como si fuera un empleado contratado en nómina. Pero como no tiene un contrato físico en papel, su empleador/cliente puede prescindir de él fácilmente, sin que tenga derecho a indemnización o compensación alguna.
Entonces, ¿por qué existen los falsos autónomos? En buena medida, por lo difícil que resulta para muchos hallar empleo. Además, algunas empresas son expertas en persuadir a los autónomos para que acepten trabajar bajo esta modalidad. Les explican que, como nuevos autónomos, pueden beneficiarse de la tarifa plana para cotizar a la Seguridad Social. Así, pagando menos estarían ganando más, al menos en teoría.
Sin embargo, aceptar estas condiciones de trabajo irregulares pone al autónomo en una situación de riesgo permanente. Además, lo priva de beneficios a los que tendría derecho si firmara un contrato laboral, como cualquier otro asalariado. Por lo tanto, conviene saber cuáles son las principales características de los falsos autónomos para poder identificarlos.
¿Cómo identificar a un falso autónomo?
Para saber si una persona es un falso autónomo, es necesario evaluar sus condiciones laborales a la luz de tres conceptos básicos: ajenidad, dependencia y retribución. Si se conjugan estas tres condiciones, significa que la persona es un falso autónomo y está en su derecho de denunciarlo. Veamos.
Ajenidad
En términos laborales, la ajenidad es trabajar para otra persona con los medios y herramientas provistos por esa persona.
- Un asalariado recibe de la empresa todos los recursos necesarios para ejecutar su trabajo.
- En cambio, un autónomo efectúa su labor con los recursos que él mismo ha conseguido.
- Si los útiles para trabajar los provee la empresa, puede que te encuentres en una situación de falso autónomo.
Dependencia
El trabajador por cuenta propia tiene derecho a fijar su propio horario de trabajo y a prestar sus servicios cómo, dónde y cuándo él lo decida (es por eso que se llama ‘autónomo’). En cambio, el asalariado mantiene un alto nivel de dependencia con su empresa, recibe órdenes de superiores, cumple con un horario y trabaja donde le indiquen. Por lo tanto, será un falso autónomo quien:
- Cumpla con un horario de trabajo.
- Reciba órdenes de superiores y le indiquen qué debe hacer durante su jornada.
- Ocupe siempre un lugar de trabajo marcado por el empresario.
- Deba respetar los días de vacaciones establecidos por el empresario.
Retribución
Los trabajadores por cuenta ajena reciben un salario establecido unilateralmente por la empresa. Es decir, el monto no se puede negociar. Por el contrario, el autónomo decide cuánto puede ganar, y llega a un acuerdo con su cliente para fijar el coste de su servicio.
- Si siendo autónomo, tu ‘cliente’ decide cuánto vas a ganar, puede que seas un falso autónomo.
- Lo mismo ocurre si no puedes negociar libremente su salario.
En definitiva, si un autónomo cumple con las condiciones de ajenidad, dependencia y retribución en su lugar de trabajo, está bajo la modalidad de falso autónomo. En esta situación, el empleado se ve expuesto a las siguientes desventajas:
- Todavía tienen que pagar su propio seguro, aun cuando tengas las mismas condiciones laborales que un asalariado.
- La empresa puede despedirlos cuando así le plazca, sin tener que pagar una indemnización o finiquito.
- Sin contrato laboral, no pueden ser acogidos por convenios de trabajo que los proteja de irregularidades.
- Si no trabajan, no pueden cobrar, lo que significa que no disfrutan de periodos de vacaciones retribuidas.
¿Qué puedo hacer si soy un falso autónomo?
La figura de falso autónomo no es exclusiva de la nueva economía digital. En realidad, muchas industrias y empresas pertenecientes al sector de transporte, servicios y logística tienen en su plantilla a falsos autónomos. Lamentablemente, la mayoría prefiere permanecer bajo esta modalidad para no correr el riesgo de perder su empleo.
Ahora bien, si eres falso autónomo y quieres corregir esta situación, hay varias opciones disponibles. Para empezar, recuerda que cualquier denuncia que hagas al respecto es anónima y bajo ninguna circunstancia recibirás alguna sanción. En este sentido, puede hacer tu denuncia ante la Inspección de Trabajo, en un Juzgado de lo Social o en un buzón de lucha contra el fraude laboral.
- Las autoridades pueden exigir a la empresa el abono de las cuotas de la Seguridad Social hasta de los pasados cuatro años, y con un recargo del 150%.
- Si las faltas de cotización superan los 50.000 euros, se considera fraude y pudiera significar hasta cinco años de cárcel para el empresario.
- La sanción por este tipo de fraude puede ser mínima (3.126 a 6.250 euros), media (6.251 a 8.000 euros) y máxima (8.001 a 10.000 euros).
¿Y si he firmado un contrato como autónomo?
Muchos trabajadores se preguntan que ocurre si han firmado un contrato como autónomos, aunque su labor sea la misma que la de un asalariado. Pues bien, a efectos jurídicos, ese tipo de contrato carece de validez. Es así porque la realidad laboral no se corresponde con lo reflejado en el contrato.
En cualquier caso, es muy importante estar bien informados para identificar a un falso autónomo y proceder a denunciar dicha situación. Contar con asesoría legal es vital para evitar errores de procedimiento y garantizar el respeto de los derechos que tienes como trabajador.