¿Puedo deducir el alquiler de mi vivienda en la renta?
Una manera de pagar menos impuestos en la declaración de la renta 2022 es mediante la deducción por alquiler, tanto si eres arrendador como inquilino. Ahora bien, cualquier que sea tu caso, lo mejor es que conozcas los requisitos que debes cumplir para beneficiarte de este tipo de deducción. Veamos si puedes deducir el alquiler de tu vivienda en la renta.
Gastos que puede deducir el inquilino
Comencemos abordando el tema desde el punto de vista del inquilino, quien en la mayoría de los casos se pregunta si puede deducir el alquiler de su vivienda en la renta. En España, más de tres millones de personas viven en régimen de alquiler, cifra que parece ir aumentando debido a la dificultad de determinados colectivos, como los jóvenes, para adquirir una vivienda en propiedad.
Para quienes viven de alquiler es importante saber que la deducción de este gasto se divide en dos tramos: uno estatal que se aplica en todas las declaraciones y uno autonómico regulado por cada región. Así que, dependiendo del lugar donde vivas, podrás deducir más o menos porcentaje por alquiler en tu declaración de la renta.
¿Quiénes tienes acceso a la deducción estatal por alquiler?
En primer lugar, hablemos de la deducción estatal del alquiler de vivienda, una ventaja que puede aplicarse en todo el territorio español (salvo en País Vasco y Navarra), pero que no está disponible para todos los inquilinos. De hecho, hasta el año 2015 fue una deducción universal de la que podían beneficiarse todos los contribuyentes.
Ahora bien, desde ese ejercicio hasta la actualidad, la deducción estatal se ha convertido en algo transitorio. Por lo tanto, para tener acceso a este tipo de ventaja tributaria, el contribuyente debe cumplir al menos dos requisitos:
- La antigüedad del alquiler
A nivel nacional, solo podrán deducirse los gastos por alquiler de vivienda quienes hayan firmado el contrato de arrendamiento antes del 1 de enero de 2015. No importa cuántas veces se haya ampliado el contrato desde entonces, siempre y cuando este no presente cambios sustanciales y corresponda a la misma vivienda.
- Que el nombre del contribuyente aparezca en el contrato
Para que el contribuyente pueda aplicar la deducción transitoria por alquiler de vivienda, su nombre debe figurar en el contrato de arrendamiento. Así, los demás inquilinos (como la pareja, por ejemplo), cuyos nombres no aparezcan en el contrato, no podrán desgravar por el alquiler de la renta.
¿Cómo funciona la deducción estatal por alquiler de vivienda?
Para entender cómo funciona la deducción estatal por alquiler de vivienda y calcular el monto a desgravar, es necesario considerar los siguiente:
- Quienes hayan firmado el contrato de arrendamiento antes del 1 de enero de 2015 pueden desgravar el alquiler de su vivienda en un 10,05% siempre que su base imponible no supere los 24.107,20 euros anuales.
- Para los ciudadanos cuya base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales, se ha establecido una base máxima de deducción de 9.040 euros anuales.
- Los contribuyentes cuya base imponible se encuentre entre los 17.707,20 euros y los 24.107,20 euros, tendrán que calcular la base máxima de deducción mediante la siguiente fórmula:
9.040 – [1,4125 x (Base Imponible – 17.707,20)]
- El importe de la deducción se obtiene multiplicando la base máxima de deducción por el 10,05%, y se anota en las casillas 0562 y 0563 de la declaración consignando en cada una de ellas el 50% del mismo.
¿Cómo funcionan las deducciones autonómicas para el alquiler de vivienda?
Al margen de la deducción estatal se encuentran las deducciones autonómicas. Así que, dependiendo de la región donde vivas, puede que tengas acceso a algunas ventajas tributarias para pagar menos impuestos en tu declaración de la renta. Veamos cómo funcionan las deducciones del alquiler en algunas CCAA.
Cataluña
Los arrendatarios pueden acceder a una deducción autonómica por el alquiler de vivienda habitual del 10% con un límite máximo de 300 euros anuales en caso de que:
- El inquilino tenga menos de 32 años.
- La suma de sus bases imponibles (general y de ahorro) menos el mínimo personal y familiar no supere los 20.000 euros anuales.
- Haya estado en paro durante 183 días o más en el 2021, tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%, ser viudo o viuda y tener 65 años o más.
Madrid
Está disponible una deducción del 30% con un máximo de 1.000 euros anuales para inquilinos menores de 35 años cuya base imponible sea inferior a 25.600 euros anuales o menor a 36.200 en caso de tributación conjunta.
Los arrendatarios entre 35 y 40 años de edad que hayan estado desempleados en 2021 (al menos 183 días) y hayan soportado cargas familiares también disfrutan de una deducción del 30%.
Comunidad Valenciana
En la Comunidad Valenciana existen diferentes deducciones por alquiler en función a las características del arrendatario. En este sentido, se pueden optar por deducciones del 15%, 20% y 25%, tomando en cuenta las cantidades pagadas y el nivel de discapacidad o edad del inquilino.
Gastos que puede deducir el propietario de una vivienda en alquiler
Por otro lado, los ingresos que genera un alquiler deben quedar reflejados en la declaración anual de la renta. Ahora bien, los propietarios de pisos en alquiler también disfrutan de ciertos beneficios fiscales que les permiten desgravar algunos gastos relacionados con los arrendamientos.
Antes de mencionar los gastos que puede deducir el propietario de una vivienda en alquiler, recordemos cómo se tributa el alquiler en la declaración anual del IRPF:
- A los ingresos generados cada mes por el alquiler se le restan los gastos que comprenden al piso cubiertos por el propietario.
- Al resultado se le aplican las deducciones, estatales y autonómicas, a las que el propietario tenga derecho.
- Sobre ese resultado se aplica el tramo del IRPF correspondiente, que es progresivo y depende del salario anual del contribuyente.
Algunos gastos deducibles para el propietario de una vivienda en alquiler
Ahora veamos cuáles son algunos gastos que el propietario de una vivienda en alquiler puede deducirse en su declaración de la renta:
Gastos de reparación y conservación
Cualquier gasto relacionado con la reparación y conservación de la vivienda en alquiler podrá deducirse en la renta. Tienen especial importancia todas aquellas reformas que el propietario realice en la vivienda para mejorar el aprovechamiento de la energía (luz, agua, calefacción, etc.).
Impuestos y tasas
Los tributos y recargos no estatales como el Impuesto de Bienes Inmuebles, así como las tasas de limpieza, alumbrado, recogida de basura, etc., figuran como gastos deducibles para el propietario de la vivienda. No obstante, no serán deducibles los recargos con carácter sancionador.
Comunidad
Todos los gastos que se hagan en comunidad también serán deducibles para el propietario siempre y cuando sea él quien lo haya asumido. Si durante el año en el que se presenta la declaración de la renta se incurre en un gasto extra de comunidad, este debe ser indicado.
Dinero adeudado
El propietario de la vivienda tiene derecho a deducirse el dinero adeudado por el inquilino en calidad de gasto, siempre y cuando el deudor se encuentre en situación de concurso o hayan pasado más de seis meses entre la primera reclamación y el 31 de diciembre.