Todas las novedades de la Declaración de la Renta de 2021: calendario, plazos y claves
Otro año más repasamos las novedades de la declaración de la renta, esta vez de 2020. Los ERTE han introducido claves importantes que vamos a repasar, porque si has sufrido uno es muy probable que estés en la obligación de declarar. También hablaremos de los plazos y el calendario de 2021 para la renta, así como los nuevos canales no presenciales para la presentación de la renta, que seguirán potenciándose debido a la covid-19.
¿Cuándo empieza el plazo para presentar la renta 2021?
La campaña de la renta de 2021 comienza el 7 de abril, que es cuando se abrirá el plazo para presentar la declaración. A partir de ahí tendrá 3 meses para realizar la presentación en plazo.
¿Cuándo finaliza el plazo de presentación del IRPF 2021?
El plazo de presentación del IRPF 2021 finaliza el 30 de junio, aunque para los que pagan por domiciliación bancaria será el 25 de junio.
Calendario de la declaración de la renta 2020
- 7 de abril: comienza la campaña de la renta para los que deseen hacer su declaración por internet por certificado digital o DNI electrónico, Clave PIN o número de referencia. Si es la primera vez que tienes que hacer la declaración o no tienes Cl@ve o certificado digital sigue nuestra guía aquí.
- 4 de mayo: empieza el plazo para la petición de citas telefónicas para realizar la presentación por vía telefónica. Los teléfonos disponibles son 901 335 533 y 91 554 87 70, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, hasta las 15 horas en el mes de agosto.
- 6 de mayo: comienza la presentación de declaraciones por teléfono. En 2020, la Agencia Tributaria ofreció el servicio ‘Le Llamamos’, con el que tras la petición de cita previa se concerta una llamada de Hacienda para que los técnicos elaboren su borrador por teléfono. Este año se potencia este servicio.
- 27 de mayo: empieza la apertura de citas previas para realizar la declaración de forma presencial, en las oficinas de la Agencia Tributaria. Esta cita previa se puede solicitar tanto por teléfono como en la web de la Agencia Tributaria.
- 2 de junio: se abre el plazo de presentaciones de las declaraciones de la Renta en las oficinas de la Agencia Tributaria.
- 25 de junio: expira el plazo para presentar las declaraciones con resultado a ingresar en domiciliación en cuenta.
- 29 de junio: es el último día en el que se puede pedir cita previa para la vía telefónica o presencial.
- 30 de junio: termina el plazo para la presentación de las declaraciones por vía presencial, telefónica o por internet.
¿Quién está obligado a hacer la declaración de la renta 2021?
Están obligados todos los trabajadores por cuenta ajena que hayan percibido más de 22.000 euros anuales de un solo pagador o más de 14.000 euros anuales de dos pagadores. Por su lado, los trabajadores por cuenta propia (autónomos, empresas) siempre están obligados a declarar, sea cual sea su facturación.
Novedades de la declaración de la renta 2021
Ahora sí, vamos a ver las novedades de la declaración de la renta en 2021.
Mejoras en la web de la Agencia Tributaria para realizar la declaración de la renta 2021
Se realizarán mejoras en la parte del programa de cartera de valores, utilizando el incremento de datos facilitados por la modificación de los modelos 189 y 198. Además, se continúa con la mejora de las modificaciones introducidas en el apartado correspondiente a rendimientos de capital inmobiliario, con desglose de la partida de gastos y con la incorporación procedente de la declaración del ejercicio anterior de cada uno de los datos necesarios para el cálculo de las amortizaciones.
Se pueden llevar un libro único de registro en IRPF e IVA
Se podrá efectuar el traslado automático del contenido de los libros de IRPF a las casillas correspondientes del modelo de renta del ejercicio 2020. Gracias a la Orden HAC/773/2019, de 28 de julio, se permite que los libros registro del IRPF puedan ser compatibles con los requeridos en el IVA, a través de un formato informático único.
La Agencia Tributaria facilitará más información fiscal en el borrador de los contribuyentes
Se potenciarán los avisos en el documento de datos fiscales del IRPF de todas aquellas fuentes de renta tanto internas como internacionales de las que la Agencia Tributaria tenga conocimiento, con el fin de impulsar el cumplimiento voluntario.
Big data en el IRPF
Se utilizará la tecnología big data para reducir los errores del contribuyente con base en la experiencia obtenida.
Ojo a deducciones autonómicas
Como todos los años, conviene estar atentos por si hay alguna modificación en las deducciones autonómicas. Puedes ver las de Cataluña, la comunidad que nos compete a nosotros, aquí.
Novedades declaración renta 2021 en ERTE
Ya veníamos avisando que habrá novedades en la renta para los que han recibido un ERTE. A ojos de la Agencia Tributaria, aquellos que disfrutaron de las prestaciones del SEPE han tenido dos pagadores este año. Eso quiere decir que si su renta anual ha sido mayor a los 14.000 euros, tendrán la obligatoriedad de declarar.
Además, si la empresa no indicó que se retuviera la cantidad completa de IRPF al trabajador en su ERTE y este cobra más de 1500 euros al mes, es probable que tenga que devolver más de mil euros a Hacienda.
Nuestra socia fundadora Patricia lo explica mejor en este vídeo:
Novedades que afectarán a la declaración de la renta de 2021
Todavía no hemos presentado la declaración de la renta de 2021, pero ya tenemos algunas novedades para la declaración de la renta de 2021, ya que en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021, se han incluido las siguientes medidas que afectarán al IRPF de 2021, que se presentará en el 2022.
- Incremento de la tributación de las rentas del trabajo. Sube el IRPF al incrementarse en dos puntos para las rentas del trabajo superiores a 300.000 euros anuales.
- Incremento de la tributación de las rentas de capital y de ahorro. En estas rentas se establece una subida de 3 puntos a partir de los 200.000 euros.
- Reducción de los límites con derecho a deducción de las aportaciones a planes de pensiones. Se reduce de 8.000 a 2.000 euros el límite de aportaciones máximas a los planes de pensiones individuales con derecho a deducción en el IRPF, mientras que se eleva el límite conjunto de reducción (partícipe y empresa) de 8.000 a 10.000 euros en los planes de empresa, con lo que se potencian las aportaciones empresariales.