¿Engañar a Hacienda? Trucos para pagar menos impuestos

¿Engañar a Hacienda? Trucos para pagar menos impuestos

Engañar a Hacienda es un delito, pero podemos contarte algunos trucos para pagar menos en impuestos de manera legal

¿Crees que engañar a Hacienda es fácil y quieres saber los trucos para hacerlo? Cada año, miles de contribuyentes terminan sancionados con multas cuantiosas por defraudar al fisco. Y no hablamos de grandes empresas multinacionales, sino de pequeñas empresas, autónomos y particulares que intentan disminuir su carga fiscal sin tener conocimiento de cómo hacerlo bien. Como abogados fiscalistas ayudamos a nuestros clientes a pagar lo justo y necesario a la Agencia Tributaria. Aprende con nosotros algunos trucos para no perder dinero en tu declaración de la renta de forma totalmente limpia y legal.

Si lo que quieres es pagar menos impuestos de manera legal cuenta con nosotros para planificar tu fiscalidad desde ya. Llama al 932228696 o envía un correo a info@violaperez.com.

Trucos para pagar menos impuestos

Deducciones autonómicas en Cataluña

Dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que residas podrás acceder a una serie de deducciones fiscales. Nosotros vamos a explicar las de Cataluña.

Nuestro despacho está en Barcelona, por lo que estamos al día de cuáles son las deducciones fiscales a las que el ciudadano catalán tiene derecho. Si eres residente en otra comunidad tendrás que informarte de las deducciones fiscales a las que puedes acogerte. No dudes en preguntarnos pues podemos estudiar tu caso sin ningún problema.

Deducción por nacimiento o adopción de un hijo

Si has tenido uno o más hijo durante 2019 podrás desgravarte 150 euros por cada uno. Si haces la declaración conjunta con tu pareja la cantidad deducida será de 300 euros.

Deducción por donaciones

Aquel contribuyente que realice donaciones a entidades que fomenten el uso de la lengua catalana, podrán deducirse un 15% de las cantidades donadas en la declaración, siempre que no se supere el 10% de la cuota íntegra autonómica.

También por lo donativos que realice el contribuyente a entidades de la Generalidad que fomenten la investigación científica y el desarrollo y la innovación tecnológica, podrán deducirse de esas cantidades un 25%, sin superar el 10% de la cuota íntegra autonómica.

Por donaciones referidas a fundaciones o asociaciones que estén censadas como entidades ambientales en relación a la ecología y la protección y mejora del medio ambiente, el contribuyente podrá deducirse un 15% de estas cantidades donadas sin superar el 5% de la cuota íntegra autonómica.

Por alquiler de la vivienda habitual

El contribuyente se podrá deducir un 10%, con límite en 300 euros, de las cantidades por el alquiler de la vivienda habitual, siempre y cuando tenga una edad igual o inferior a 32 años, haya estado en paro durante 183 días o más, tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65% o sea viudo con más de 65 años.

Por pago de intereses de préstamos para máster o doctorado

Aquel contribuyente que haya pagado los intereses de los préstamos concedidos por la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación para hacer frente a los gastos de máster y doctoado, podrá deducirse ese importe.

Por viudedad

Los contribuyentes que queden viudos durante el ejercicio podrán desgravarse 150 euros en la declaración. Esta deducción se aplicará en el mismo ejercicio en el que se produzca la viudedad y en los dos ejercicios posteriores.

Además, en caso de tener a cargo uno o más descendientes, podrá aplicarse una deducción de 300 euros, también en el año en el que se produzca la viudedad y en los dos años posteriores.

Por rehabilitación de la vivienda habitual

El contribuyente que realice actividades de rehabilitación de su residencia habitual podrá deducirse un 1.5% de las cantidades destinadas a este fin. Tanto en la declaración conjunta, como en la individual, esta deducción no podrá superar los 9.040 euros anuales.

Por inversión

El contribuyente podrá deducirse un 30% de las cantidades que haya invertido en la adquisición de acciones o participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución o ampliación de capital de sociedades que cumplan los requisitos, siendo el máximo 6.000 euros. La deducción será del 50%, con límite en 12.000 euros cuando sean sociedades creadas o participadas por universidades o centros de investigación.

Por último, por inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del mercado alternativo bursátil, el contribuyente se puede deducir un 20% de las cantidades invertidas, con un máximo de 10.000 euros. En caso de declaración conjunta, el importe máximo de deducción es de 10.000 euros por cada contribuyente de la unidad familiar que ha efectuado la inversión.

Ahorra en impuestos creando un plan de pensiones

Las aportaciones de hasta 8.000 euros a un plan de pensiones recortan la factura del IRPF.

El plan de pensiones se trata de un vehículo que permite ahorrar de cara a la jubilación. Los planes de pensiones suponen, además, un incentivo fiscal. Tras la última reforma tributaria, las aportaciones con un límite de 8.000 euros se desgravan de la base imponible del Impuesto de la Renta, siempre que no exceda el 30% del rédito del trabajo. La hucha obtenida como resultado de la aplicación de este truco fiscal variará en función de los ingresos y de la comunidad autónoma.

Los cambios en tu estructura familiar son muy importantes

Ya hemos dicho que, en Cataluña, las familia pueden recibir una deducción de hasta 150 euros por recién nacido. Existen también otras deducciones por cambio de estado civil o defunción de un familiar. Por ello es necesario que mantengas informado a tu gestor o abogado fiscalista de los cambios que hay en tu casa.

También están previstas reducciones por las aportaciones realizadas a seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o de gran dependencia de familiares. Podrán realizar aportaciones y aplicar la reducción tanto el propio contribuyente como los parientes hasta el tercer grado, siempre que el conjunto de las reducciones no sea superior a 8.000 euros anuales.

Salario en especie y no en metálico

Este tipo de honorario no tributa en el fisco, por lo que una manera de disfrutar de un alivio fiscal es cambiar retribuciones en metálico por salario en especie, es decir, tarjetas restaurante, seguros sanitarios, pagos por manutención e, incluso, la utilización de automóvil de empresa. Eso sí, la existencia de este tipo de salario debe determinarse en convenios colectivos o acuerdos entre empresa y trabajador.

Donaciones que desgravan

Las donaciones deducen y, si se hacen anualmente y a la misma entidad, aún más.

Si haces donativos a ONG, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro puedes deducir un 75% sobre los primeros 150 euros, y un 30% sobre lo que exceda de esa cantidad (ese porcentaje sube al 35% si es el tercer año que donas a la misma entidad y cada la donación ha sido igual o superior a la del anterior).

Además, vamos a decirte un truco de profesional:

Los contribuyentes pueden deducirse de la cuota del impuesto el 20% de las cuotas de afiliación a partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores, siendo la base máxima de deducción de 600 euros anuales.

Despidos improcedentes

Las indemnizaciones por despido deben tributar en el IRPF, al considerarse un ingreso más del trabajador por el rendimiento dedicado a una empresa. No obstante, conviene conocer que hay ciertas indemnizaciones exentas de tributar, cuyo importe debe tener como límite la cuantía de 180.000 euros.

Se trata del caso particular de las indemnizaciones por despidos no pactados y no debidos a causas económicas o técnicas. Para que el cese sea considerado como improcedente y por consiguiente no tribute en el Impuesto de la Renta, el usuario deberá acudir al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación y probar su real desvinculación con la compañía en cuestión.

Planes de ahorro a largo plazo “Plan de Ahorro 5”

Invertir en un Plan de Ahorro a Largo puede resultar interesante, puesto que los rendimientos obtenidos quedaran exentos de tributación en el IRPF.

Estas inversiones pueden instrumentalizarse:

  • En Seguros Individuales de vida a Largo Plazo (SIALP)
  • Cuentas Individuales de Ahorro a Largo Plazo (CIALP)

Este beneficio fiscal exige el cumplimiento de determinados requisitos. Así, la aportación máxima anual no puede exceder de 5.000 euros, se exige una permanencia de 5 años desde que se realizó la primera aportación, es decir, no se puede disponer de las aportaciones durante ese plazo y los planes deben hacerse efectivos transcurridos los 5 años, por el total y en forma de capital, nunca en forma de renta. El beneficio fiscal se pierde si se dispone del capital antes del transcurso de los 5 años o si se supera el importe máximo anual de aportaciones.

Amortiza la hipoteca

Si tienes derecho a aprovechar la deducción fiscal por compra de vivienda habitual, te conviene amortizar hipoteca antes de que acabe el año. Si compraste tu casa antes de 2013, se deduce el 15% de lo pagado para comprar la vivienda, sobre un máximo de 9.040 euros, si pagas menos de eso, o de 18.080 si lo pagas con tu cónyuge y declaráis por separado, te interesa amortizar anticipadamente una cantidad que llegue hasta ese límite y así se aproveche íntegramente la deducción.

Espera a cumplir 65 años para vender tu casa

Si estás cerca de cumplir esa edad y te estás planteando vender tu vivienda habitual, te interesa esperar a cumplirlos, pues la ganancia que obtendrás de la venta estará libre de impuestos.

¿Eres arrendador? También puedes deducir

Si eres propietario de un inmueble en alquiler, puedes deducir de la renta sujeta a IRPF los gastos hechos para obtenerla: IBI, anuncios, agencia, seguros, comunidad… y también los gastos de reparación y conservación y los intereses de préstamos para la compra o mejora del inmueble (estos con un límite).

Compensa pérdidas y ganancias

Si se han obtenido ganancias patrimoniales durante el ejercicio, por ejemplo por la transmisión de un inmueble u otro elemento patrimonial, se deberán integrar en la base imponible del Ahorro y tributar por ello a tipos que oscilan entre el 19 y 23 por ciento. No obstante, el contribuyente puede reducirse este coste fiscal si se tuviesen saldos negativos pendientes de compensar procedentes de transmisiones de ejercicios anteriores, puesto que la Ley admite su compensación en los cuatro ejercicios siguientes al de su generación. En defecto de saldos negativos pendientes, también puede reducirse el coste fiscal si se llevasen a cabo, antes de finalizar el año, otras transmisiones, como por ejemplo venta de acciones (fácilmente realizables), que originen pérdidas. De esta forma se tributaría únicamente por la diferencia.

Además, desde la reforma del Impuesto que entró en vigor en 2015, se permite la compensación del saldo negativo procedente de la integración y compensación de rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses, etc.) con el saldo positivo resultante de integrar y compensar las ganancias y pérdidas patrimoniales, con el límite del 25% de dicho saldo positivo.

Inversión en empresas de nueva creación

Invertir en proyectos de emprendedores puede ser otra forma de pagar menos en el IRPF. Los contribuyentes podrán deducir de la cuota del impuesto el 20% de las cantidades satisfechas en el periodo por la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación, siendo la base máxima de deducción de 50.000 euros anuales.

Trucos para «engañar» a Hacienda

Como ves, estos trucos no son para engañar a hacienda: son totalmente legales y, si sabes aplicarlos, podrás desgravar mucho dinero de tu renta.

Si necesitas asesoría fiscal, puedes presentarnos tu caso mediante correo electrónico. Te diremos si podemos ganarlo y te haremos un presupuesto:
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