¿Cómo son las Aduanas Reino Unido y España 2021?

El 31 de enero de 2020 se hizo efectiva la salida del Reino Unido de la Unión Europea. La salida del país anglosajón acarreó cambios fiscales en las importaciones y las exportaciones. Esto ha provocado que las aduanas entre Reino Unido y España (y el resto de países de la UE) hayan generado todo tipo de dudas. En este artículo vamos a repasar el estado de las aduanas entre ambos países en 2021.

Estado de aduanas Reino Unido y España 2021

El BREXIT implica, entre otras cosas, que los flujos de mercancía entre España y Reino unido han dejado de considerarse como «intracomunitarios» para estar sujetos a impuestos aduaneros. Es decir, se tienen en cuenta impuestos especiales como el IVA o los aranceles. Además, se introducen diversas formalidades propias de los intercambios comerciales entre un país comunitario y otro extracomunitario. A saber: la declaración aduanera de importación o exportación, los controles aduaneros o, incluso, las certificaciones sanitarias de las mercancías.

Esta es una una lista de consideraciones que hay que valorar tras el brexit para no tener problemas en aduanas.

4 claves para no tener problemas en aduanas cuando se realizan intercambios comerciales con Reino Unido

  • La introducción o envío de mercancías requerirá la presentación de una declaración de aduana normal.
  • Todos los operadores económicos deben identificarse con un número de registro e identificación (EORI). Si no dispone de uno puedes solicitarlo a través de la sede electrónica de la AEAT pinchando aquí.
  • Pueden presentarse las declaraciones aduaneras en nombre propio o a través de un representante aduanero inscrito en el registro correspondiente.
  • Debe determinarse si los bienes con los que se comercia están sujetos a algún tipo de autorización o certificado. Este será emitido por las autoridades competentes que requiera tramitaciones adicionales previas a la importación o exportación.

Consideraciones de los Impuestos Especiales Aduanas Reino Unido y España 2021

Los envíos a Reino Unido estarán exentos del IVA en las exportaciones. Será la declaración aduanera de exportación la que justifique la exención de este impuesto. Sin embargo, las importaciones de Reino Unido sí están sujetas al pago del IVA. El impuesto se liquidará en la propia declaración aduanera.

Recomendaciones para los españoles que tengan relación comercial con el Reino Unido

Se recomienda, en particular, a los españoles que comercian con productos sujetos a impuestos especiales:

  • Familiarizarse con los nuevos procedimientos y obligaciones en relación con los productos sujetos a impuestos especiales negociado con el Reino Unido.
  • Finalizar las transacciones en curso lo más rápido posible, especialmente antes del 31 de mayo de 2021.
  • Si se posee un almacén establecido en el Reino Unido, tomar todas las medidas necesarias para ponerlo bajo el control de un depositario autorizado establecido en un Estado miembro de la UE.

¿Y si se tienen movimientos pendientes con el Reino Unido después del 31 de mayo?

Todos los movimientos pendientes el 31 de diciembre de 2020 y que no estén finalizados el 31 de mayo de 2021, deberán tener en cuenta:

  1. Serán considerados como importaciones o exportaciones.
  2. Ningún documento de circulación será prueba válida del estatuto de la UE de las mercancías en las importaciones.
  3. Todos los informes (recepción, exportación, destrucción de mercancías, o cualquier otro) emitidos por las autoridades británicas con posterioridad al 31 de mayo de 2021, no serán considerados válidos en la UE.
  4. No habrá conexión del RU con las aplicaciones informáticas UE.
  5. Reino Unido dará acceso a los sistemas EMCS y SEED hasta el 31 de mayo de 2021, únicamente para cumplir con lo estipulado en cuanto al cierre de documentos de acompañamiento pendientes.

Todo movimiento en curso de productos sujetos a impuestos especiales desde o hacia el Reino Unido se considerará un movimiento desde o hacia un tercer país, con todas las consecuencias que de ello se deriven (por ejemplo, estatuto de mercancías no pertenecientes a la Unión, regímenes aduaneros aplicables, cobro de los impuestos especiales o incautación de los productos en caso de incumplimiento, etc).

Por otra parte, si los productos sujetos a impuestos especiales llegan a su destino antes de la fecha de retirada, los operadores económicos deberán presentar la notificación de recepción tan pronto como sea posible, para garantizar que el movimiento sujeto a impuestos especiales se complete también antes de la fecha de retirada.

Movimientos de productos objeto de Impuestos Especiales con origen o destino el Reino Unido

Todos los movimientos de mercancías (incluidas las que son objeto de Impuestos Especiales hacia o desde el Reino Unido) serán considerados como exportaciones o importaciones respectivamente y deberán cumplimentar las formalidades aduaneras y “paraduaneras”.

  1. No serán posibles los movimientos en régimen suspensivo o con impuesto pagado (duty paid) de los productos objeto de II.EE.
  2. No será factible enviar o recibir los documentos administrativos electrónicos previstos para la circulación intracomunitaria (EMCS)
  3. Las autorizaciones de operador económico y los registros concedidos por las autoridades británicas no serán válidas y no será posible la creación o actualización de operadores establecidos en RU.
  4. Los datos de operadores del SEED no serán compartidos con el RU por parte de la Comisión Europea.
  5. Las garantías aportadas por operadores británicos no serán válidas en la UE, ni se aplicarán los supuestos de exención previstos en las Directivas UE.
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