¿La declaración de bienes en el extranjero es ilegal?

¿Es legal la declaración de bienes en el extranjero?

La Comisión Europea dictaminó en 2017 que la declaración de bienes en el extranjero (Modelo 720) es ilegal. Según la Comisión, el Modelo 720 infringe cinco derechos fundamentales recogidos en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

Todo esto constaba ya en un informe fechado el 15 de febrero de 2017 y firmado por Pierre Moscovici, comisario europeo de Asuntos Económicos y Financieros, Fiscalidad y Aduanas. Sin embargo, Hacienda lo mantuvo oculto gasta 2018, hasta que se vio obligada a facilitárselo a los abogados de un contribuyente que fue sancionado por declarar sus bienes en el extranjero fuera de plazo.

¿Cuándo se descubrió que la declaración de bienes en el extranjero era ilegal?

Se descubrió en 2018, cuando un taxista jubilado presentó voluntariamente el Modelo 720 fuera de plazo. Declaró unos 340.000 euros correspondientes a acciones y beneficios por participaciones en dos sicav, y Hacienda le exigió 185.000 euros (intereses incluidos) y 254.000 euros de sanción, que corresponden al 150 % de la cuota del IRPF. En total, la factura pendiente con el fisco ascendía a 439.000 euros.

El abogado fiscalista del taxista exigió el informe que Hacienda había estado ocultando, y ahí se destapó el pastell.

Aún así, a día de hoy Hacienda sigue sancionando a los contribuyentes que no declaran este Modelo, aunque cada vez hay más sentencias que le quitan la razón.

Qué dice Bruselas sobre el Modelo 720

La Comisión Europea considera que este reglamento, aprobado por el último gobierno de Mariano Rajoy, «establece un sistema de declaración de impuestos en el marco del modelo 720 que parece discriminatorio y desproporcionado».

Esaú Alarcón García, socio de Gibernau Asesores, y Alejandro del Campo Zafra, socio de DMS Consulting Abogados, los asesores fiscales que participaron en el proceso de denuncia ante la Comisión Europea, señalan que “el ejecutivo europeo considera que cinco de las libertades comunitarias quedan vulneradas». Agreganque también se violan varios principios constitucionales: seguridad jurídica, tutela legal efectiva (imposibilidad de prueba), capacidad económica, derechos de propiedad e igualdad.

Los derechos fundamentales europeos que infringe son: la libre circulación de personas (artículo 21 TFUE) y de trabajadores (artículo 45 TFUE y artículo 28 del acuerdo del Espacio Económico Europeo), la libertad de establecimiento (artículo 49 TFUE y artículo 31 EAEE), la libre prestación de servicios (artículo 56 TFUE y artículo 36 de la EAEA) y la libre circulación de capitales (artículo 63 TFUE y artículo 40 de la EAEA).

Bruselas exige a España tomar medidas sobre la declaración de bienes en el extranjero

Por todo ello, la Comisión invita al Reino de España a que adopte las medidas requeridas para ajustarse al presente dictamen motivado en un plazo de dos meses a partir de la recepción del mismo.

A la Comisión no le consta que exista una obligación de información tan exhaustiva equivalente para los contribuyentes residentes en posesión de bienes y derechos similares situados en España. Así pues, los contribuyentes residentes en España con bienes y derechos similares situados en el país no están sujetos a sanciones comparables.

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