¿Hay que declarar los regalos de boda?

¿Hay que declarar los regalos de boda

El día de su boda es uno de los momentos más especiales para muchas personas, lleno de emociones, festejos y gran alegría. Rodeados de tanta felicidad, en lo que menos piensan los novios es en su responsabilidad ante la Agencia Tributaria. Y es que, aunque parezca una broma de mal gusto, hay que declarar los regalos de boda ante Hacienda

Efectivamente, los regalos que los invitados dan a los recién casados se consideran como una donación. Por lo tanto, estos regalos tributan en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, al igual que cualquier otro donativo. Lo explicamos con más detalle a continuación, aclarando además a partir de cuánto dinero hay que declarar. 

Los regalos de boda tributan como donaciones 

Como ya hemos dicho, los regalos de boda tributan en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD). Dicho impuesto es un tributo que debe pagar toda persona física que recibe algún bien en herencia o donación. Es así porque el patrimonio del donatario experimenta un incremento, lo que a su vez aumenta la carga impositiva. 

El ISD es un tributo regulado por la normativa estatal, lo que significa que su gestión está cedida a las Comunidades Autónomas (CA). La buena noticia es que casi todas las CA establecen reducciones y bonificaciones para este impuesto. Por lo tanto, lo que debes pagar como impuesto por una donación varía en función de la Comunidad Autónoma donde vivas

Hablando un poco más sobre el ISD, hay tres supuestos en los que se debe presentar este impuesto: 

  1. Cuando se adquieren bienes y derechos por herencia, legado u otro título sucesorio. 
  2. Cuando se adquieren bienes por donación en vida, o adquisiciones “intervivos”. 
  3. Cuando se es beneficiario de un seguro de vida. 

Los regalos de boda entran en la segunda categoría, es decir, son donaciones en vida y, por lo tanto, deben tributar al ISD. La normativa aplicable a estos casos es la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Ahora bien, puesto que los regalos de boda pueden ser muchos y muy diversos, conviene saber la forma exacta en la que les aplica el ISD. 

¿Cómo tributan los regalos de boda? 

Hasta ahora queda claro que todos los regalos de boda se consideran donaciones y, por lo tanto, tributan al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Ahora bien, existen algunas consideraciones especiales en torno a este tipo de obsequios. ¿Tributan sin importar si son regalos en metálico, especie o transferencias bancarias? ¿Cuánto se paga de impuesto? ¿A partir de cuánto dinero hay que declarar? 

En primer lugar, no importa que te hayan regalado un sobre con dinero o una batidora, o que te hayan hecho una transferencia bancaria: todos estos regalos deben tributar. La cuestión no es el tipo de regalo, sino la cuantía del mismo, quién te lo dio y dónde hay que presentar la declaración. Serán estos factores los que determinen si es necesario declarar y cuánto dinero pagar. 

Claro está, Hacienda tiene otros asuntos más importantes de qué preocuparse que de tu matrimonio o de los regalos que recibiste. Por lo general, no hay problemas con la Administración Pública, a menos que la suma de todos los regalos supere cierta cantidad dineraria. ¿Cuál es el límite? Si sobrepasas los 3.000 euros, es probable que empieces a llamar la atención del Fisco

Transferencias de dinero 

En España, lo habitual es que los amigos e invitados a la boda realicen una transferencia bancaria como regalo para los novios. Pero hay que tener cuidado, porque un conjunto de sumas importantes podría levantar sospechas de Hacienda. Los bancos tienen la obligación de notificar a la Administración Pública si una cuenta bancaria ha recibido ingresos inusuales o muy elevados. 

En cualquier caso, las transferencias bancarias son la mejor manera de recibir este tipo de obsequios. ¿Por qué? Porque el emisor puede especificar que se trata de un regalo de boda, lo cual es muy útil en caso de que Hacienda pida cuentas. Los novios pueden presentar el registro de movimientos y explicar de dónde ha salido ese dinero extra

Regalos en metálico 

¿Y qué hay de los regalos en metálico o sobres con dinero en efectivo? También hay que declararlos, pero, ¿cómo los detecta Hacienda? La verdad es difícil para la Administración Pública saber cuánto dinero en efectivo han recibido los novios. No obstante, si por pagar con billetes los métodos de pago habituales se ven afectados, Hacienda podría darse cuenta

Lo que los novios no deben hacer es ir al banco con su manojo de sobres a depositar el dinero. Esto en especial si han tenido la suerte de recibir una buena pasta en efectivo. Lo más prudente es declarar estos ingresos como es debido, y gastarlos prudentemente para no levantar ninguna sospecha. 

Regalos en especie

Finalmente, están los regalos en especie, menos habituales que los anteriores, pero que igualmente hay que declarar. La ventaja con estos obsequios es que, si provienen de familiares, los impuestos son menores. De hecho, hay Comunidades Autónomas en las que no hay que pagar nada si la donación es de padres a hijos. 

En cualquier caso, declarar los regalos de boda es obligatorio, aunque la mayoría de las parejas no lo hace. ¿Por qué? Básicamente, porque las cuantías de los regalos individuales no levantan sospechas. Es obvio que se trata de regalos de boda y, aunque suene a broma, Hacienda parece entenderlo. 

¿Hay que incluir los regalos de boda en la declaración del IRPF? 

Una pregunta más relacionada con los regalos de boda: ¿hay que incluirlos en la declaración de la renta? La respuesta es no, no hace falta incluir los regalos de boda en la declaración anual del IRPF. Es así porque ya los estás incluyendo en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. No obstante, puede que sea necesario conocer el valor del regalo para movimientos futuros en tu declaración. ¿Por qué? 

Supongamos que te han regalado un coche y más tarde decides venderlo. En ese caso, tendrás que pagar impuestos por las ganancias o pérdidas derivadas de esa transacción. Y para calcular si ha habido ganancia o pérdida, será necesario conocer el valor inicial del regalo. Por lo tanto, lo mejor es estimar el valor real de los regalos y mantener esos datos archivados. 

En definitiva, existe la obligación de declarar los regalos de bodas, ya sea en metálico, especie o transferencia bancaria. Sin embargo, mientras no superen los 3.000 euros, es poco probable que se levanten sospechas. De cualquier forma, recuerda que Hacienda puede pedir cuentas durante los cuatro años posteriores al matrimonio. 

Así que, si quieres iniciar tu matrimonio sin preocupaciones adicionales, lo mejor es que cumplas con este requisito y declares los regalos que recibas en la boda. No está de más buscar asesoría legal para aclarar cualquier duda que surja antes o después del gran día. 

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