¿Cómo es un concurso de acreedores de persona física?

Guía concurso de acreedores III: cuando lo solicita la persona física

En esta tercera entrega de la guía del concurso de acreedores queremos explicarte cuándo y cómo puedes solicitar el concurso de acreedores para personas físicas si quieres eliminar tus deudas.  El concurso está pensado para que las empresas puedan pagar lo que deben y cesar su actividad o, en el mejor de los casos, continuarla sin deber nada. Sin embargo, hace poco tiempo se contempla en España la posibilidad de que el concurso de acreedores lo puedan solicitar las personas físicas. No es exactamente un concurso de acreedores, pero podemos decir que es un procedimiento por el cual se eliminan las deudas de un individuo. Su nombre es Ley de la Segunda Oportunidad. Suena bien, ¿no?

Hasta la fecha, tan solo nueve mil personas han solicitado la Ley de la Segunda Oportunidad en España.  Esa cifra es muy pequeña si sabemos que el concurso de acreedores para personas físicas puede perdonar hasta el 75% de la deuda de una familia. Por ello, creemos que es importante difundir la palabra y que tú conozcas este procedimiento. Si crees que la Ley de la Segunda Oportunidad es tu -valga la redundancia- oportunidad para empezar de cero, no dudes en llamarnos. Somos expertos en cancelar tus deudas con Hacienda y puede explicarnos tu caso sin compromiso.

Recuerda que este post es parte de una guía de tres entregas. Si no has leídos las anteriores, te las dejamos aquí:

Parte Uno: ¿Cuándo se debe solicitar un concurso de acreedores?

Parte Dos: ¿Cómo declararse insolvente en España?

Ahora sí, empecemos.

¿Qué es el concurso de acreedores para personas físicas?

Es un proceso judicial que pueden solicitar las personas físicas. Les permite un desahogo a su situación financiera porque les reestructura la deuda o bien les quita parte de la misma. Gracias a este procedimiento, una persona puede declararse insolvente o en bancarrota y así suspender los pagos a acreedores. Algo así como si se le ofreciera una «segunda oportunidad».

La deuda perdonada puede llegar a ser, en algunos casos, del 75%. Pero es que, incluso, si fuera tan solo del 50%, la ley es de gran ayuda. No es lo mismo deber 100.000 euros que deber 50.000 euros.

Eso sí, para poder solicitar el concurso, la persona física ha de cumplir ciertos requisitos. El deudor ha de ser de buena fe. Te los explicamos a continuación.

Requisitos para solicitar el concurso de acreedores de persona física

  • No haber sido declarado culpable en el concurso de acreedores. Esto quiere decir que la insolvencia no venga por irresponsabilidad del deudor. Por ejemplo, en el contexto actual de coronavirus, si una persona ha perdido su patrimonio o empresa por la crisis, no sería «culpable de su quiebra».
  • El deudor ha de estar libre de delitos contra la Hacienda Pública, Seguridad Social; y el Derecho y Libertad de los trabajadores en los diez años anteriores a solicitar el concurso.
  • Deudor y acreedores han debido negociar previamente un acuerdo. Si el acuerdo no se ha podido cumplir por imposibilidad del deudor de pagar, o bien los acreedores no aceptan el acuerdo, se podrá solicitar la Ley de Segunda Oportunidad.
  • No haber rechazado una oferta de empleo adecuada a su capacidad en los cuatro años inmediatamente anteriores a la situación de insolvencia actual.
  • Las deudas no pueden superar los 5 millones de euros.
  • Que en los últimos 5 años el deudor no se haya beneficiado de esta Ley de Segunda Oportunidad

Además de estos requisitos, el deudor tiene que colaborar durante el proceso. Si se niega a aportar datos o información, se complicará pedir la Segunda Oportunidad.  Desde Viola Pérez siempre recomendamos contar con la asesoría experta de un abogado fiscalista para evitar dar pasos en falso.

¿CÓMO DECLARARSE INSOLVENTE EN ESPAÑA Y QUÉ SIGNIFICA SER INSOLVENTE?

Insolvente es aquella persona que no puede hacer frente al pago de sus deudas.  La declaración de insolvencia como tal no está prevista en nuestra legislación salvo algún supuesto aislado y sin los efectos que se buscan o entendemos se buscan con la pregunta que se nos formula.

Una persona no puede ser declarada insolvente para así pretender eludir el pago de las deudas que haya contraído, pero si no se posee patrimonio con el que responder al pago de la deuda…

En ese caso uno no será declarado formalmente insolvente sino que es simple y llanamente su realidad. No tendrá bienes para responder del pago de sus deudas y sin necesidad de que sea declarado insolvente lo cierto y verdad es que sí que lo será.

Aquí es donde entra en juego la Ley de la Segunda Oportunidad para declararse insolvente en España y así reducir, reestructurar o eliminar la deuda.Y es que si cumples todos los requisitos, podrás ir al Juzgado y solicitarla.

Dudas frecuentes sobre el concurso de acreedores para personas físicas

¿La hipoteca se incluye en el proceso de concurso de acreedores?

No. Estos procesos dividen la deuda en dos tipos: crédito privilegiado y crédito ordinario (tarjetas, préstamos al consumo y deudas con financieras). El concurso se enfoca en este segundo tipo porque la hipoteca es deuda privilegiada y el banco tiene derechos a cobrar el primero sobre el valor de la casa. Si la hipoteca es tu única deuda, es mejor que negocies de forma bilateral una dación en pago.

¿Y las deudas con las administraciones públicas?

Tampoco. Ni las deudas con Hacienda, ni con la Seguridad Social ni las multas administrativas pueden ser objeto de quita en este proceso.

¿Qué acceso tiene el administrador concursal a mi presupuesto?

Todo. El administrador es quien gestionará e intervendrá la cuenta destinada al concurso, el que debe autorizar tus gastos, el que negociará con tus acreedores cómo devolver el dinero y el que te asignará una partida básica para alimentos, educación, ropa y facturas del hogar. Todo lo que no entre dentro de esos gastos básicos, se dedicará a amortizar deuda. Cuando el convenio se apruebe en la Junta de Acreedores, desaparecerá su figura.

¿Cuánto tarda el concurso de acreedores de persona física?

Los concursos para las personas físicas deberían acortan los plazos respecto a los que existían en los juzgados mercantiles. En seis meses podría estar resuelto el problema, pero todo depende del atasco judicial que exista.

¿Qué coste tiene un concurso de acreedores?

Es más barato que para las sociedades mercantiles, algo que se marcó como objetivo la nueva ley. El coste para una persona física incluye el arancel notarial de unos 50 euros en la solicitud de concurso. También el trámite de mediación, que puede ascender a unos 200 euros. Y por último el coste de la administración concursal, que depende del pasivo del deudor: Para una persona con un activo de 150.000 euros y un pasivo de 200.000, la retribución son 1.300 euros. Si la deuda fuese de 50.000 euros, bajaría a 450 euros.

¿Necesitas una Segunda Oportunidad?

En Viola Pérez creemos que esta ley puede ayudar a muchas personas que no ven una forma de despegar. Es por ello que nos hemos especializado en ella y hemos estudiado sus entresijos para asegurar, de la mejor manera posible, a aquellos clientes que soliciten nuestro apoyo. Si tienes una deuda con Hacienda que no puedes pagar, cuenta con nosotros. Preséntanos tu caso para cancelar tu deuda con Hacienda.

Si necesitas asesoría fiscal, puedes presentarnos tu caso mediante correo electrónico y le diremos si podemos ganarlo:

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